Resolución N° 1387/00/4000
Nro de Expediente:
4149-000423-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
13/10/2000


Tema:
RATIFICACIONES

Resumen:
Establecer que CO.VI.FU.R., en el Solar Nº 8 del inmueble Padrones Nos. 415.508, 414.061 y 414.062, sito en Veracierto, deberá construir mínimo 50 viviendas.-

Montevideo, 13 de Octubre de 2000.-
 
        VISTO: la facultad otorgada a esta Intendencia Municipal por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 29.215 del 21/IX/00, promulgado por Resolución Nº 3.674/00 del 9/X/00;
        RESULTANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que los motivos que originaron la correspondiente solicitud, mantienen su vigencia y oportunidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.585/00 del 27/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Establecer que CO.VI.FU.R., en el Solar Nº 8 del inmueble de propiedad municipal empadronado con los Nos. 415.508, 414.061 y 414.062, sito con frente a la calle Veracierto, deberá construir un mínimo de 50 (cincuenta) viviendas.-
        2º.- Pase al Servicio de Tierras y Viviendas.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General .-