Resolución N° 551/00/4000
Nro de Expediente:
4149-000711-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
5/5/2000


Tema:
RATIFICACIONES

Resumen:
Ratificar Decreto Nº 29.043 del 13/IV/00, enajenando COVILI, predio Maestra Juana Manso y otra.-

Montevideo, 5 de Mayo de 2000.-
 
        VISTO: la facultad otorgada a esta Intendencia Municipal por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 29.043 del 13/IV/00, promulgado por Resolución Nº 1.457/00 del 2/V/00;
        RESULTANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que los motivos que originaron la correspondiente solicitud, mantienen su vigencia y oportunidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 580/95 del 20/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Enajenar a la Cooperativa de Vivienda Libertad (COVILI), la Fracción Nº 2 del predio empadronado con el Nº 414.624 sito con frentes a las calles Maestra Juana Manso y Profesor Manuel Acuña, según Plano de Mensura del Ing. Agrim. Pablo Casavieja, inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional con el Nº 32.733.-
        2º.- Establecer como precio de enajenación la suma de 4.952,0667 U.R. (cuatro mil novecientas cincuenta y dos unidades reajustables con seiscientas sesenta y siete diezmilésimas) siendo su forma de pago las condiciones previstas por la Reglamentación aprobada por Resolución de la Intendencia Municipal N° 2.791/94 del 19/VIII/94.-
        3º.- Pase al Servicio de Tierras y Viviendas.-

ING. ALBERTO ORTEGA, Director General.-