Resolución N° 2652/01/2000
Nro de Expediente:
2200-002544-01
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
16/11/2001


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Iglesia Católica Apostólica Romana en el Uruguay - Arquidiócesis de Montevideo del impuesto de Contribución Inmobiliaria, al amparo de lo dispuesto por el Art. 5o. de la Constitución de la República para los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 4.247, 4.246, 4.850, 16.431, 2.873, 2.890, 12.565, 12.567, 19.618, 24.867 y 24.872 y al amparo de lo establecido en el Art. 69o. de la Constitución de la República para los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 823, 824, 1.114, 4.148/026, 4.148/029, 4.148/129, 4.148/226, 4.253, 4.254 y 7.864/102.

Montevideo, 16 de Noviembre de 2001.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Iglesia Católica Apostólica Romana en el Uruguay - Arquidiócesis de Montevideo, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 823, 824, 1.114, 2.873, 2.890, 4.148/026, 4.148/029, 4.148/129, 4.148/226, 4.246, 4.247, 4.253, 4.254, 4.850, 7.864/102, 12.565, 12.567, 16.431, 19.618, 24.867 y 24.872;
        RESULTANDO: que los referidos inmuebles fueron objeto de similar exención fiscal en anterior oportunidad, según resoluciones Nos. 4418/99 de 22/11/99, 4690/99/2000 de 18/11/99 y 558/00/2000 de 30/03/2000;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Asesor Profesional del Departamento de Recursos Financieros expresa que corresponde declarar exonerada a la Iglesia Católica Apostólica Romana en el Uruguay - Arquidiócesis de Montevideo del impuesto de Contribución Inmobiliaria, por los ejercicios 2000 al 2004, al amparo de lo dispuesto por el Art. 5o. de la Constitución de la República para los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 4.247, 4.246, 4.850, 16.431, 2.873, 2.890, 12.565, 12.567, 19.618, 24.867 y 24.872 y al amparo de lo establecido en el Art. 69o. de la Constitución de la República para los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 823, 824, 1.114, 4.148/026, 4.148/029, 4.148/129, 4.148/226, 4.253, 4.254 y 7.864/102;
        2o.) que por Resolución No. 2472/00 de 17 de julio de 2000, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General


        del Departamento de Recursos Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Iglesia Católica Apostólica Romana en el Uruguay - Arquidiócesis de Montevideo del impuesto de Contribución Inmobiliaria, al amparo de lo dispuesto por el Art. 5o. de la Constitución de la República para los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 4.247, 4.246, 4.850, 16.431, 2.873, 2.890, 12.565, 12.567, 19.618, 24.867 y 24.872 y al amparo de lo establecido en el Art. 69o. de la Constitución de la República para los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 823, 824, 1.114, 4.148/026, 4.148/029, 4.148/129, 4.148/226, 4.253, 4.254 y 7.864/102.-
        2o.- Dicha exención se concede por los ejercicios 2000 al 2004 inclusive, debiendo los interesados, al vencimiento del lapso precedentemente referido, gestionar nuevamente el otorgamiento de la precitada exoneración, en caso de querer acogerse a la misma de futuro.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-