Resolución N° 73/16/1000
Nro de Expediente:
5220-052684-15
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
28/1/2016


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 40 a los Sres. Rodrigo Vasconi López y Federico Vasconi López, por carecer del permiso de arrendamiento para el inmueble sito en Horacio Quiroga 6052.-

Montevideo, 28 de Enero de 2016.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la finca ubicada en Horacio Quiroga 6052;
        RESULTANDO: 1o.) que el 24/11/15 la Sra. Gonzalo Acuña, CI 3.400.558-1 presenta nota ante el Servicio Central de Inspección General, solicitando saber si la finca en cuestión tiene permiso de arrendamiento;
        2o.) que el mencionado Servicio indica que no se registran datos de la solicitud de permiso para arrendamiento del referido inmueble;
        3o.) que el 14 de enero de 2016, el Servicio Central de Inspección General sugiere aplicar una multa de UR 40 a los Sres. Rodrigo Vasconi López y Federico Vasconi López, CI 3.847.154-4 y 3.500.296-6, respectivamente, por infringir el Art. 1o. del Decreto No. 21.182 y la Resolución No. 192.318, de 31/10/1983, en su Art. 10, que establece que los apartamentos o fincas arrendadas deben contar con la habilitación de la Intendencia de Montevideo o serán sancionados con el equivalente en Unidades Reajustables a un mes de alquiler, de acuerdo al Decreto No. 21.626;
        4o.) que el 17 y el 27 de enero de 2016 el precitado Servicio y la Prosecretaría General elevan las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución N° 3248/15 de 9/7/15, se delegó en el Secretario General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 40 (Unidades Reajustables cuarenta) a los Sres. Rodrigo Vasconi López y Federico Vasconi López, CI 3.847.154-4 y 3.500.296-6, respectivamente, con domicilio en Uspallata 1431, por infracción al Art. 1o. del Decreto No. 21.182 y Resolución No. 192.318 de 31/10/1983, en su Art. 10, por carecer del permiso de arrendamiento para el inmueble sito en Horacio Quiroga 6052.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio E, a los Servicios de Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal No. 8 y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y demás efectos.-

CHRISTIAN DI CANDIA, Secretario General (I).-