Resolución N° 4842/12
Nro de Expediente:
4372-001789-12
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
5/11/2012


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se solicita anuencia a la Junta Departamental de Montevideo para aplicar una multa de U.R. 300, a la empresa WERBA S.A., sita en Coronel Juan Belinzon No. 4880, por infringir el Artículo 13o. de la Resolución No. 5055/2011, y el Artículo 137o. del Decreto No. 29.434 de la Junta Departamental de Montevideo, de fecha 9 de mayo de 2001.

Montevideo, 5 de Noviembre de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones promovidas por el Servicio de Evaluación de la Calidad y Control Ambiental, referentes a la empresa WERBA S.A., RUT No. 210129120014, sita en Coronel Juan Belinzon No. 4880, dentro de los límites del Municipio F, correspondiente al Servicio Centro Comunal Zonal No. 9;
        RESULTANDO: 1o.) que la Unidad de Residuos Sólidos Industriales y Suelo, dependientes de dicho Servicio, con fecha 22 de octubre de 2012, informa que el día 24 de agosto del corriente se envió un correo electrónico a la empresa de referencia solicitando que informe la causa del aumento de las toneladas ingresadas y dispuestas en el Servicio de Disposición Final de Residuos, con la autorización No. 27520 (fs. 3), ya que en ésta se declara un promedio mensual de 4 toneladas por mes, y del 15/06/2012 al 11/07/2012 la empresa ingresó un total de 295 toneladas por mes;
        2o.) que según nota recibida con fecha 27 de agosto de 2012 (fs. 4), se demuestra la irresponsabilidad de la firma WERBA S.A., asumiendo que no realizó los controles necesarios como allí describe;
        3o.) que dada la situación y la cantidad de residuos ingresados, se consultó a la Dirección Nacional de Medio Ambiente (DINAMA), sobre procedimientos de esa Dirección aplicados a la mencionada empresa, con referencia al levante de pasivos intimados a la misma;
        4o.) que la DINAMA informa que WERBA S.A. fue intimada a acondicionar el pasivo compuesto por escoria de fundición de aluminio y otros residuos del predio de su propiedad en el Departamento de Canelones, ubicado en Camino La Yolanda de la ciudad de Las

        Piedras;

        CONSIDERANDO: 1o.) que dado lo expuesto, con fecha 13 de setiembre de 2012, se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Art. R.69 del Volumen II del Digesto, otorgándose la vista correspondiente;
        2o.) que presentados los descargos (fs. 6 a 11), los mismos no se consideran de recibo, por lo que la Unidad actuante sugiere la aplicación de una sanción de U.R. 300 (unidades reajustables trescientas) a la empresa WERBA S.A., por incumplimiento de la Resolución No. 5055/11, de fecha 3 de noviembre de 2011, apartándose además de lo establecido en la Propuesta Técnica de Residuos Industriales, elaborado por la DINAMA;
        3o.) que la Directora del Servicio de Evaluación de la Calidad y Control Ambiental comparte lo informado y sugiere la aplicación de una multa de U.R. 300 (unidades reajustables trescientas) por infringir el Artículo 13o. de la Resolución No. 5055/11, y el Artículo 137o. del Decreto No. 29.434 de la Junta Departamental de Montevideo, de fecha 9 de mayo de 2001;
        4o.) que el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental es de opinión favorable en que se solicite anuencia a la Junta Departamental de Montevideo, para la aplicación de la multa gestionada;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1o.- Facúltase a la Intendencia de Montevideo a aplicar una multa de U.R. 300 (UNIDADES REAJUSTABLES TRESCIENTAS), a la empresa WERBA S.A., RUT No. 210129120014, sita en Coronel Juan Belinzon No. 4880, dentro de los límites del Municipio F, correspondiente al Servicio Centro Comunal Zonal No. 9, por infringir el Artículo 13o. de la Resolución No. 5055/11, y el Artículo 137o. del Decreto No. 29.434 de la Junta Departamental de Montevideo, de fecha 9 de mayo de 2001.
        Artículo 2o.- Comuníquese.
        2o.-Pase a Secretaría General para su remisión a la Junta Departamental de Montevideo.
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-