Resolución N° 2491/01
Nro de Expediente:
3020-00259-01
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
9/7/2001


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Se aprueba proyecto de Convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Institución Acción Promocional 18 de Julio, cuyo objeto es colaborar con las tareas de limpieza y mantenimiento de bocas de tormenta, limpieza de cañadas y mantenimiento de cunetas y alcantarillas.

Montevideo, 9 de Julio de 2001.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la limpieza y mantenimiento de bocas de tormenta, limpieza de cañadas y mantenimiento de cunetas y alcantarillas, en el área de los Servicios Centros Comunales Zonales No. 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18;
      RESULTANDO: 1o.) que la Unidad de Convenio procedió al llamado público a ONGs., para realizar dichas tareas presentándose las Instituciones Ipru, Acción Promocional 18 de Julio y El Abrojo;
      2o.) que la Comisión Evaluadora actuante entendió que la ONG Acción Promocional 18 de Julio es la que reúne las mejores condiciones para la prestación;
      3o.) que la ejecución del programa de referencia, proyectado a doce meses, requiere un desembolso de $ 3:338.726,oo;
      CONSIDERANDO: 1o.) que con fecha 4 de julio de 2001, se efectuó la solicitud SEFI No. 48242, por la suma de $ 1:765.500,oo, monto que se considera suficiente para hacer frente al gasto en el presente ejercicio;
      2o.) que el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, es de opinión favorable en que se apruebe el Convenio de referencia;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1o.-Aprobar el siguiente Proyecto de Convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Institución "Acción Promocional 18 de Julio": CONVENIO: En Montevideo, a los **** días del mes de *** del 2001, POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante la Intendencia, representada en este acto por **** con domicilio en la Avda. 18 de Julio No. 1360 y POR OTRA PARTE: la Institución Acción Promocional 18 de Julio en adelante la Institución, representada por la Sra. María. Rita Fraga Séspedes, con C.I 846.924-8, en su calidad de Presidente, con domicilio en la calle Chimborazo No. 3266, convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO - ANTECEDENTES: La Intendencia realizó oportunamente un llamado público a Organizaciones No Gubernamentales integrantes del Registro aprobado por Resolución No. 13.754/93, a efectos de desempeñar tareas de limpieza y mantenimiento de bocas de tormenta, limpieza de cañadas y mantenimiento de cunetas y alcantarillas. La Institución seleccionada lleva a cabo la formación de valores humanos, mediante la dinámica de trabajo personal y comunitario, realizando políticas educativa destinadas a jóvenes en situación de vulnerabilidad. SEGUNDO - OBJETO: El objeto del presente Convenio es colaborar con la obra social que realiza la Institución, a través de la organización, ocupación y formación de personas en situación de pobreza extrema a condición de que al mismo tiempo, se obtenga beneficios para la comunidad, por medio del cumplimiento de tareas programadas en el Departamento de Montevideo correspondientes a los Centros Comunales Zonales 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18. TERCERO - APORTES DE LA INSTITUCION: A los efectos referidos la Institución seleccionará 16 jóvenes y 8 suplentes, que realizaran la experiencia educativo laboral en 2 cuadrillas, cada una de 8 jóvenes, quienes cumplirán tareas de peón en régimen de 6 horas diarias de labor de lunes a viernes. Habrá un (1) supervisor y dos (2) coordinadores responsables de la cuadrilla de trabajo y un equipo técnico de seguimiento educativo, quienes actuarán de acuerdo a lo establecido en las bases de llamado público. Las inasistencias serán registradas por los coordinadores, quienes la comunicarán mensualmente en forma escrita a la Unidad de Mantenimiento de Colectores y deberán ser repuestas en el mes inmediato posterior a su registro. Dichas inasistencias serán objeto de análisis, parte del proceso educativo implementado por la Institución, quien además podrá hacer cambios en el grupo de educandos, en función del asesoramiento del equipo técnico de la Institución y previo acuerdo entre la Unidad de Mantenimiento de Colectores y la Unidad de Convenios dependiente de Pro Secretaría General. CUARTO - APORTE DE LA INTENDENCIA: La Intendencia transferirá a la Institución por concepto de Donación Modal la suma total de $ 3.338.726,oo (pesos uruguayos tres millones trescientos treinta y ocho mil setecientos veintiséis) de la siguiente forma: a) $ 192.274,oo (pesos uruguayos ciento noventa y dos mil doscientos setenta y cuatro) por única vez, que se abonarán a la firma del convenio por concepto de uniformes y herramientas e implantación. b) 12 (doce) cuotas iguales, mensuales y consecutivas de $ 255.277,oo ( pesos uruguayos doscientos cincuenta y cinco mil doscientos setenta y siete) que comenzarán a pagarse a los 30 (treinta) días de firmado el convenio. A las cuotas sexta (6) y onceava (11) se les adicionará $ 41.564,oo (pesos uruguayos cuarenta y un mil quinientos sesenta y cuatro) a cada uno que se le pagarán antes del 15 de diciembre del año 2001 y antes del 15 de junio del 2002 respectivamente. Los montos se reajustarán semestralmente de acuerdo al Indice de Precios al Consumo (IPC). Se prevé un fondo equivalente al 10% del monto total de la transferencia para la atención de imprevistos. Dicha suma total incluye un porcentaje calculado sobre lo transferido que será destinado al financiamiento del costo educativo de la Institución. QUINTO - SEGUIMIENTO Y EVALUACION: A efectos de cumplir con la evaluación y seguimiento de la tarea educativa, los técnicos de la Unidad de Convenios y los funcionarios referentes designados de la Unidad de Mantenimiento de Colectores, evaluarán en conjunto con la Institución el desempeño de los educandos en la tarea, como insumo para la evaluación del proceso educativo de la experiencia laboral. Por su parte la Institución deberá presentar dentro del mes siguiente a la suscripción del convenio, la agenda del apoyo pedagógico que realizará y en forma cuatrimestral informes de evaluación ante la citada Unidad de Convenios, dependiente de Pro-Secretaría General, con quien se evaluará el proceso educativo implementado por la Institución. SEXTO - RENDICION DE CUENTAS: La Institución deberá rendir cuentas mensualmente ante la Intendencia de la utilización de los fondos transferidos. La Intendencia se reserva el derecho de efectuar auditorías que permitan verificar que el destino de los fondos transferidos sea el pactado en este Convenio. En caso de incumplimiento en la presentación de las referidas rendiciones por más de dos meses, no se realizará el pago respectivo. SEPTIMO - RESPONSABILIDADES: Todo lo vinculado a la relación laboral trabada así como las obligaciones generadas con otros organismos estatales será responsabilidad de la Institución, no teniendo la Intendencia ninguna obligación mas que las estipuladas en el presente convenio. OCTAVO - PLAZO: El plazo de este Convenio será de un ( 1) año a partir de su firma y podrá ser renovado, evaluación mediante por única vez por plazo equivalente. En todos los casos y mas allá de las renovaciones que fuera objeto, cada educando no podrá permanecer más de un año en el proceso educativo del trabajo en relación con la Intendencia. NOVENO - ACCIDENTE DE TRABAJO: En el caso de que los educandos sufriesen cualquier accidente con motivo del cumplimiento de su trabajo, la responsabilidad será de la Institución compareciente. DECIMO - INCUMPLIMIENTO: El incumplimiento acordado entre las partes, habilitará la rescisión inmediata del presente instrumento. Para constancia y en señal de conformidad las partes suscriben dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.
      2o.-Disponer que una vez agotado el rubro, vuelvan las actuaciones a la Unidad de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental, para la imputación complementaria del gasto.
      3o.-Delegar en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la firma del Convenio que se aprueba en el Numeral 1o.
      4o.-Comuníquese a la Secretaría General a los Departamentos de Descentralización y Recursos Financieros a las Divisiones Promoción Social y Saneamiento a los Servicios de Relaciones Publicas y Comunicaciones, Operación y Mantenimiento de Saneamiento y Centros Comunales Zonales Nos. 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18, a las Unidades Convenios y Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental, cumplido y previa intervención del Servicio de Contabilidad General, y pase al Departamento de Desarrollo Ambiental para la formalización del Convenio.
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-