Resolución N° 1580/00/4000
Nro de Expediente:
3350-003592-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
23/11/2000


Tema:
RATIFICACIONES

Resumen:
Ratificar el Decreto Nº 29.247 del 2/XI/00 multa de 146,9259 U.R. al Sr. Niels Roelsgaard.-

Montevideo, 23 de Noviembre de 2000.-
 
        VISTO: la facultad otorgada a esta Intendencia Municipal por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 29.247 del 2/XI/00 promulgada por Resolución Nº 4247/00 del 20/XI/00;
        RESULTANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que los motivos que originaron la correspondiente solicitud, mantienen su vigencia y oportunidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.585/00 del 27/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 146,9259 U.R. (ciento cuarenta y seis unidades reajustables con nueve mil doscientas cincuenta y nueve diezmilésimas) al Sr. Niels Roelsgaard, C.I. Nº 1:482.861-4, propietario del inmueble sito en la calle Besnes e Irigoyen No. 4505, con domicilio en el mismo, de acuerdo con lo que establece el numeral 4º, Literal A del Art. 15º, Sección II del Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84, actualizado en sus montos por Resolución Nº 5830 del 14/VII/88.-
        2º.- Advertir al infractor que si no da cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 120 (ciento veinte) días calendario se aplicará una mula de 48,9753 U.R. (cuarenta y ocho unidades reajustables con nueve mil setecientas cincuenta y tres diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Cobro de Morosos y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General .-