Resolución N° 569/15/5100
Nro de Expediente:
5130-003206-15
 
ADMINISTRACION DE PERSONAL
Fecha de Aprobación:
20/11/2015


Tema:
TAREAS ALIVIADAS

Resumen:
Se convalida la inclusión en el régimen de limitación de tareas del funcionario Sr. Pablo Miceli CI Nº 1.923.655 a partir del 26 de febrero de 2015 y del 24 de setiembre de 2015 cada vez por 6 (seis) meses.-

Montevideo, 20 de Noviembre de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el estado de salud del funcionario Sr. Pablo Miceli quien se desempeña en el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3;
        RESULTANDO: 1º.) que con fecha 26 de febrero de 2015 y 22 de setiembre de 2015 fue sometido a exámenes médicos por distintos Tribunales integrados al efecto los que dictaminaron la asignación de tareas aliviadas que no impliquen esfuerzos físicos, ni trabajar sólo y/o aislado y respetar horarios de las comidas, a partir del 26 de febrero de 2015 y 26 de agosto de 2015 cada vez por 6 (seis) meses;
        2º.) que El Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 informa que se le han asignado tareas de portería acordes con las limitaciones aconsejadas por la Unidad de Certificaciones Médicas;
        3º.) que el Grupo de Trabajo en Reconversión y Reinserción Laboral sugiere incluir al titular en el régimen de limitación de tareas, de acuerdo a lo establecido en los Arts. R. 343 y ss. del Volumen III del Digesto correspondientes al Escalafón Obrero, Sub Escalafón 02 Oficial Práctico, Carrera 1215 Vigilante/Sereno, Nivel II, Grado SIR 5;
        CONSIDERANDO: 1º.) que se estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
        2º.) las facultades

        oportunamente delegadas;
        LA DIRECCIÓN DE LA DIVISIÓN
        ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
        RESUELVE:
        1º.-Convalidar la inclusión en el régimen de limitación de tareas del funcionario Sr. Pablo Miceli CI Nº 1.923.655, para desempeñar tareas correspondientes al Escalafón Obrero, Sub Escalafón 02 Oficial Práctico, Carrera 1215 Vigilante/Sereno, Nivel II, Grado SIR 5, con las limitaciones aconsejadas por la Unidad de Certificaciones Médicas, a partir del 26 de febrero de 2015 y 24 de setiembre de 2015 cada vez por 6 (seis) meses, de acuerdo a lo establecido en los Arts. R. 343 y ss. del Volumen III del Digesto.-
        2º.-Previo al vencimiento del plazo establecido el referido funcionario deberá ser sometido a nuevo examen médico por distinto Tribunal, que al respecto designará la Unidad de Certificaciones Médicas.-
        3º.-Comuníquese a los Servicios de Planeamiento y Desarrollo de Gestión Humana y Centro Comunal Zonal Nº 3 para la correspondiente notificación, a las Unidades Información de Personal, y de Certificaciones Médicas y pase por su orden, al Sector Despacho del Departamento y al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos, debiendo volver las presentes actuaciones a la Unidad de Certificaciones Médicas, en forma inmediata.-

Lic. Luis MUNIZ, Director de la División Administración de Personal.-