Resolución N° 4947/04
Nro de Expediente:
3171-000632-04
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
18/10/2004


Tema:
CONTRATOS

Resumen:
Aprobar las cláusulas del Contrato de Arrendamiento de Servicios a suscribirse entre esta Comuna y las Psicomotricistas Sras. Cristina Balestra y Ana Cerutti a efectos de instrumentar los Seminarios de Capacitación en el Area de Psicomotricidad en el marco del convenio suscrito con UNICEF.-

Montevideo, 18 de Octubre de 2004.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones elevadas por la Asesora Pedagógica de la Unidad Proyecto Nuestros Niños de la Comisión de Infancia;
      RESULTANDO: 1o.) que a efectos de instrumentar los Seminarios de Capacitación en el Area de Psicomotricidad en el marco del Plan de Asesoramiento Técnico y Capacitación de esa Unidad y que surgen del Convenio recientemente suscrito con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), promueve la suscripción de un contrato de arrendamiento de servicios entre esta Comuna y las psicomotricistas Sras. María Cristina Balestra Barrios, C.I. 997.176-7 y Ana María Cerutti Albarello, C.I. 1.316.835-4;
      2o.) que la Comisión de Infancia se manifiesta de conformidad;
      3o.) que se efectuaron Solicitudes SEFI Nos. 78301 y 78302, respectivamente;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección General del Departamento de Descentralización estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
      2o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el Art. 280o. de la







      Constitución de la República;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1.- Aprobar las cláusulas del Contrato de Arrendamiento de Servicios a suscribirse entre esta Comuna y las Psicomotricistas Sras. María Cristina Balestra Barrios, C.I. 997.176-7 y Ana María Cerutti Albarello, C.I. 1.316.835-4, en los siguientes términos: CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE SERVICIOS: En Montevideo a los..............., del mes ........................, del año dos mil cuatro, POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante la Intendencia, representada por..................., con domicilio en Avda. 18 de Julio No. 1360, y POR OTRA PARTE: las Psicomotricistas Sras. María Cristina Balestra Barrios, C.I. 997.176-7 y Ana María Cerutti Albarello, C.I. 1.316.835-4, en adelante las arrendadoras, con domicilio en esta ciudad en .................... respectivamente, convienen en celebrar el presente Contrato de Arrendamiento de Servicios, en los siguientes términos: PRIMERO: OBJETO: La Intendencia contrata a las arrendadoras con la finalidad de dar cumplimiento a los Seminarios de Capacitación en el Area de Psicomotricidad acordados en el reciente Convenio suscrito con UNICEF.- SEGUNDO: ACTIVIDADES: Las tareas a desarrollar implican el cumplimiento de las siguientes actividades: a) Dos Seminarios de 5 (cinco) talleres cada uno, de 3 (tres) horas de duración, dirigido a 60 (sesenta) educadores de los 18 Centros Comunitarios de la Modalidad Becas de acuerdo al Plan que luce de fs. 3 a fs. del expediente No. 3171-000632-04.- TERCERO: EVALUACION: Las actividades que se mencionan en la Cláusula anterior deberán ser complementadas por un informe final de carácter evaluativo.- CUARTO: OBLIGACIONES DE LA INTENDENCIA: La Intendencia se obliga a transferir a las arrendadoras la suma global de $ 15.920,oo (pesos uruguayos quince mil novecientos veinte). Dicho monto se transferirá mensualmente en función de las actividades realizadas.- QUINTO: CONSTANCIA ESPECIAL: El presente contrato no constituye ni supone relación funcional alguna, no gozando las arrendadoras por lo tanto de los beneficios funcionales acordados a los trabajadores municipales.- SEXTO: COMUNICACIONES: Cualquier notificación que deban realizarse las partes, se tendrá por validamente efectuada si la misma es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de carta con aviso de retorno, fax, telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza a su realización. Para constancia y como prueba de conformidad se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha arriba indicados.-
      2.- Establecer que la erogación resultante será provista por el fondo del Proyecto que transfiere UNICEF en la cuenta extrapresupuestal 303000292.-
      3.- Delegar en la Dirección General del Departamento de Descentralización la facultad de firmar el contrato de arrendamiento de servicios que por el numeral primero se aprueba.-
      4.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; Servicios de Prensa y Comunicación; Relaciones Públicas y de Escribanía; Unidades Central de Presupuesto; Proyecto Nuestros Niños; Convenios y de Gestión Presupuestal del Departamento de Descentralización y pase -por su orden- a la Contaduría General y a la Comisión de Infancia.-
DR. ADOLFO PEREZ PIERA, Intendente Municipal (I).-
LAURA FERNANDEZ, Secretaria General.-