Resolución N° 563/15/1500
Nro de Expediente:
4755-009784-15
 
MOVILIDAD
Fecha de Aprobación:
23/10/2015


Tema:
ACTIVIDADES EN VÍAS DE TRÁNSITO

Resumen:
Autorizar a CARRASCO LAWN TENNIS CLUB a realizar una correcaminata para los socios de la institución, el sábado 24 de octubre de 2015, a partir de las 09:30 horas.

Montevideo, 23 de Octubre de 2015.-
 
        VISTO: la nota presentada por CARRASCO LAWN TENNIS CLUB solicitando autorización para realizar una correcaminata para los socios de la institución, el sábado 24 de octubre de 2015, a partir de las 09:30 horas;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Vigilancia no tiene inconvenientes en que se realice la actividad, quedando condicionada la autorización de la misma, a la contratación de Agentes de Tránsito por parte de los organizadores;
        2º) que la División Tránsito sugiere autorizar la carrera, de conformidad con el circuito que figura a fs. 3 y con el informe del Servicio actuante (fs.4);
        3º) que el solicitante exonera a la Intendencia de Montevideo de toda responsabilidad civil o penal que pudiera derivarse de la presente autorización, asumiendo las obligaciones inherentes al mismo;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3255/15 del 9 de julio e 2015 modificada por la Resolución Nº 3423/15 del 27 de julio de 2015, el Sr. Intendente de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Movilidad la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actividades en la vía pública;
        LA DIRECTORA GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE MOVILIDAD
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Autorizar a CARRASCO LAWN TENNIS CLUB a realizar una correcaminata para los socios de la institución, el sábado 24 de octubre de 2015, a partir de las 09:30 horas, en el recorrido detallado a fs. 3 del presente expediente.
        2.- Establecer que la presente autorización queda condicionada a la contratación por parte de los organizadores, de Agentes de Tránsito para garantizar la seguridad de los participantes.
        3.- Queda exonerada la Intendencia de Montevideo de toda responsabilidad civil o penal que pudiera derivarse de la presente autorización, asumiendo el solicitante las obligaciones inherentes al mismo.
        4.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Municipio E, a la División Tránsito, a la Secretaría de Educación Física, Deportes y Recreación y pase al Servicio de Vigilancia - Unidad de Planificación y Radar, para la notificación pertinente.

BEATRIZ TABACCO, MBA, Directora General del Departamento de Movilidad.-