Resolución N° 2899/05
Nro de Expediente:
4201-005678-01
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
20/6/2005


Tema:
CONTRATO

Resumen:
Se modifica la Cláusula Segunda del contrato de arrendamiento entre la IMM y la firma Rebimar S.A., (Proveedor 39.060), aprobado por el Numeral 1º de la Resolución Nº 2416/05 de fecha 23/5/2005.-

Montevideo, 20 de Junio de 2005.-
 
        VISTO: que por Resolución Nº 2416/05 de fecha 23/5/2005, se aprobó la modificación de contrato de arrendamiento a suscribirse entre la IMM, la firma Rebimar S.A. y los Sres. Ing. Alejandro Landman y Esc. Myrna Pardo;
        RESULTANDO: que con fecha 8/6/2005, la Unidad Gestión Presupuestal del Departamento de Cultura propició la modificación de la cláusula segunda, del referido contrato establecida en el numeral 1º de la citada Resolución, en cuanto al precio de arrendamiento de las Unidades Nros. 101, 201 y 301 del Edificio "Cuareim Business", sito en la calle Cuareim Nº 1567, Padrones Nros. 7128/101, 7128/201 y 7128/301, Rebimar S.A. (Proveedor 39.060), el que deberá establecerse en la suma de U$S 1.350,oo (dólares americanos mil trescientos cincuenta) mensuales, hasta la finalización del contrato, manteniendo en un todo los restantes términos del citado acto administrativo;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura estima pertinente la modificación del mencionado acto administrativo en la forma sugerida;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.-Modificar la Cláusula Segunda del contrato de arrendamiento entre la IMM y la firma Rebimar S.A., (Proveedor 39.060), aprobado por el Numeral 1º de la Resolución Nº 2416/05 de fecha 23/5/2005, en cuanto al precio de arrendamiento de las Unidades Nros. 101, 201 y 301 del Edificio "Cuareim Business", sito en la calle Cuareim Nº 1567, Padrones Nros. 7128/101, 7128/201 y 7128/301, el que se establece en la suma de U$S 1.350,oo (dólares americanos mil trescientos cincuenta) mensuales, hasta la finalización del contrato, manteniendo en un todo los restantes términos del citado acto administrativo.-
        2.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; a la División Promoción y Acción Cultural; a los Servicios Prensa y Comunicación, Relaciones Públicas, Escribanía y Teatros; a las Unidades Gestión Presupuestal del Departamento de Cultura, Escuela Municipal de Arte Dramático (EMAD) y Convenios; y pase - por su orden - al Departamento de Cultura para la suscripción de la modificación de contrato de que se trata y a la Contaduría General.-
ARQ. AMERICO ROCCO, Intendente Municipal (I).-
ING. QUIM. PABLO BUONOMO, Secretario General.-