Resolución N° 256/07/1000
Nro de Expediente:
5220-007131-07
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
15/11/2007


Tema:
CLAUSURAS

Resumen:
Se clausura el local "WHISKERIA DENI MALAN", propiedad de la firma SANDRA VERGARA, C.I. 4.092.670-9, ubicado en Florida 1470.-

Montevideo, 15 de Noviembre de 2007.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el funcionamiento del local "Whiskeria Deni Malán", propiedad de Sandra Vergara, C.I. 4.092.670-9, ubicado en Florida 1470, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el 3/5/07, se notificó a la firma responsable del local en cuestión, que hasta tanto no cuente con toda la documentación exigida para los locales de su tipo, no podrá funcionar como local de espectáculos y que el no cumplimiento, dará lugar a la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder;
        2o.) que el 4 de noviembre ppdo., por Acta N° 11668, el Sector Espectáculos Públicos y Afines procedió a la realización de una inspección al local de referencia, constatando que no se había dado cumplimiento a la disposición del Servicio Central de Inspección General de falta de permisos;
        3o.) que el 5 de noviembre último, el Sub Encargado del Sector Espectáculos Públicos, eleva las actuaciones expresando que el local de referencia tenía actividades no autorizadas (música y baile) no dando cumplimiento a lo notificado en su oportunidad por lo que se sugiere promover la clausura del mencionado establecimiento;
        CONSIDERANDO: 1o.) que por el literal a) del numeral 1o. de la Resolución N° 3227/05, de 13/VII/05, el señor Intendente Municipal delegó en el Secretario General la facultad de clausurar locales cuando se constaten infracciones a la normativa que regula su funcionamiento;
        2o.) que la Prosecretaría General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Clausurar el local "WHISKERIA DENI MALAN", propiedad de la firma SANDRA VERGARA, C.I. 4.092.670-9, ubicado en Florida 1470, con igual domicilio a los efectos legales, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Establecer que el Servicio Central de Inspección General, al hacer efectiva la clausura, notificará al interesado que una vez que hayan cesado las causas que la originaron, podrá solicitar la reapertura del local, el que no deberá funcionar hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
        3.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, y pase al Servicio Central de Inspección General -para la notificación correspondiente- y demás efectos.-

ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-