Resolución N° 252/15
Nro de Expediente:
1008-001780-14
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
19/1/2015


Tema:
CONVENIO-CONTRATO

Resumen:
Se aprueba el texto de un convenio con el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente con el objeto de definir las formas de actuación y compromisos en el Programa Territorial de Recuperación de Áreas Urbanas degradadas a llevarse a cabo en los Barrios La Unión y Villa Española.

Montevideo, 19 de Enero de 2015.-
 
        VISTO: la solicitud de la Encargada del Programa Renová Goes para aprobar un proyecto de convenio con el Ministerio Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, en el marco del Contrato del Programa de Mejoramiento de Barrios II-PMB II - 3097/OC/UR suscrito entre el citado Ministerio y el Banco Interamericano de Desarrollo;
        RESULTANDO: 1º) que su objeto es definir las formas de actuación y compromisos de las partes firmantes en el Programa Territorial de Recuperación de Áreas Urbanas degradadas, a realizarse en los Barrios La Unión y Villa Española;
        2º) que la División Asesoría Jurídica efectuó el contralor jurídico-formal y no tiene objeciones que formular;
        3º) que la División Tierras y Hábitat se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende pertinente dictar Resolución en el sentido indicado;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Aprobar el siguiente texto de convenio a suscribirse con el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente en los siguientes términos:
        CONVENIO. En la ciudad de Montevideo, el ............................., comparecen: POR UNA PARTE: el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (en adelante el MVOTMA) RUT ................................, con domicilio en la calle Zabala Nº 1432 de esta ciudad, representado en este acto por el Sr. Ministro, Arqto. Francisco Beltrame y POR OTRA PARTE.- La Intendencia de Montevideo (en adelante la IdeM) RUT .............., con domicilio en la Avda. 18 de Julio Nº 1360 de esta ciudad, representada en este acto por la Sra. Prof. Ana Olivera, quienes acuerdan celebrar el presente Convenio. PRIMERO: ANTECEDENTES. I) El Gobierno Nacional, a través del MVOTMA acordó con el Banco Interamericano de Desarrollo (en adelante el BID) la Segunda Operación Individual bajo la línea para el Programa de Mejoramiento de Barrios de la Línea de Crédito Condicional (CCLIP) para el Mejoramiento de Barrios (IR-X 1003). II) En este marco con fecha 14/II/14 se firmó el Contrato de Préstamo 3097/OC-UR que tiene, al igual que la anterior, operación de tres componentes: 1) mejoramiento de barrios; 2) recuperación de áreas urbanas degradadas y 3) fortalecimiento institucional. III) Al igual que el anterior las Intendencias operan como órganos ejecutores de las acciones del préstamo. El componente ahora denominado Recuperación de Áreas degradadas da continuidad al Componente 2 del Préstamo 2056/OC-UR, el préstamo anterior. IV) El actual componente 2 Recuperación de áreas urbanas degradadas a realizar en el Departamento de Montevideo parte de entender que la ciudad, por efecto de las crisis económicas de las últimas décadas, conjugadas con el alto costo de la vivienda formal, favorecieron el crecimiento de áreas periféricas, informales y más accesibles para grupos de menores ingresos, generando, por tanto capacidad ociosa en barrios bien servidos pero también coexistiendo áreas formales e informales. Esta es la situación de los Barrios La Unión y Villa Española y sus áreas de influencia, ubicados en una zona urbanizada y semi-central de Montevideo, dentro de los límites de los Municipios D y E de la ciudad. V) El MVOTMA y la IdeM se encuentran abocados a la realización del realojo de 230 (doscientas treinta) familias del Asentamiento irregular Isla de Gaspar, ubicado en las calles Larravide y Mateo Cabral. Dicho predio además de ser un problema medio ambiental es también visualizado como un área de inseguridad ciudadana. VI) Para la ejecución de la Primera Operación bajo la línea para el Programa de Mejoramiento de Barrios 1, se conformó una Unidad de Gestión en la IdeM, que fue generada en la estructura organizacional como la “Comisión Especial Ejecutora del Programa de Prevención de Asentamientos Irregulares”. Esta Unidad llevó a cabo el Componente 2 del anterior préstamo a través del Programa Renová Goes, contando por tanto con la capacidad y experticia para ejecutar este nuevo programa. SEGUNDO: OBJETO. El presente convenio tiene como objetos: I) definir las formas de actuación y compromisos de las partes firmantes en el Programa Territorial de Recuperación de Áreas Urbanas degradadas a realizarse en los Barrios La Unión y Villa Española. La zona de actuación está delimitada por: la Avda. Italia, el Br. José Batlle y Ordóñez, la Avda. Dámaso Antonio Larrañaga, las calles 20 de Febrero, Ayuntamiento, Larravide, 20 de febrero, la Avda. 8 de Octubre, la calle Pan de Azúcar, el Cno. Carrasco y las calles Isla de Gaspar y Minesotta; II) realizar las actividades acordadas y que son parte del presente convenio; III) definir los compromisos de las diferentes partes involucradas y IV) explicitar las formas de gestión. TERCERO: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. I) El MVOTMA, a través de la Dirección Nacional de Vivienda (en adelante la DINAVI) será responsable de: a) el desarrollo de la propuesta de actuación de manera coordinada con la IdeM y los Municipios D y E; b) la gestión de los recursos aportados por el BID para el Subcomponente Recuperación de áreas urbanas degradadas; c) el aporte de los recursos nacionales destinados al programa; d) el seguimiento y monitoreo de las actividades financiadas por el Programa, así como su cumplimiento en los tiempos y formas acordados y e) proponer las modificaciones requeridas en caso de que las evaluaciones realizadas así lo ameriten, en acuerdo con la IdeM y el BID. II) La IdeM será responsable de: a) la ejecución de las actividades acordadas; b) brindar toda la información requerida al MVOTMA a los efectos de que éste realice el seguimiento del Programa; c) firmar los convenios requeridos con cualquier actor público o privado que participe del Programa; d) el mantenimiento y gestión de los emprendimientos realizados que le correspondan directamente (espacios públicos, bienes de su propiedad, etc.) y e) el aporte de los recursos departamentales destinados al Programa. CUARTO: ACCIONES PROPUESTAS. I) Actuaciones en espacio público: a) acciones de recuperación, remediación y generación de espacio de uso público en el predio de 68.000 m2, producto del realojo del Asentamiento irregular ubicado en el predio Isla de Gaspar; b) mejora en el equipamiento y conservación de la Plaza Gral. Miró; c) proyecto urbano de detalle para el cantero central de la calle Larravide; d) actuación en la plaza ubicada en la intersección de las calles Odense y Pamplona (Plaza de Toros); e) estudio de apertura de las calles Leopoldo Alas y Trípoli para mejorar la interconexión barrial y el control de seguridad en la zona. II) Actuaciones de carácter residencial: a) construcción de un conjunto habitacional de aproximadamente 70 (setenta) viviendas de interés social sobre la Plaza Gral. Miró; b) construcción de 30 (treinta) viviendas para realojar la población residente en el Asentamiento Isla de Gaspar (ubicado en las calles Mateo Cabral y Larravide); c) construcción de una cooperativa de ayuda mutua con financiamiento de la DINAVI en un terreno otorgado por la Cartera de Tierras para Vivienda de la IdeM; d) Fondo de Mejora y Mantenimiento de Stock Habitacional: préstamos blandos para la refacción de viviendas en la zona delimitada y subsidios para conexión a saneamiento; e) compra de terrenos en la zona destinados a vivienda de interés sociales. III) Actuaciones en servicios sociales y comunitarios a definir por Municipios D y E con pasaje de recursos para actuación directa y seguimiento por parte de la Unidad de Gestión: a) Fondo de Mejora Social y Comunitaria. Se trata de fondos concursables no retornables de bajo monto para la realización de acciones de carácter social por parte de actores de la sociedad civil organizada y gestionados directamente por los Municipios correspondientes. QUINTO: APORTES DE LA IdeM. La IdeM se obliga a: I) gestionar los recursos aportados por el MVOTMA del Préstamo del BID para la implementación de este Programa, a través de las cuentas bancarias separadas a nombre del Proyecto en las que se manejarán los fondos del financiamiento, para las inversiones previstas, con cargo a una cuenta extra-presupuestal destinada a este Programa; II) aportar los recursos humanos y materiales necesarios para llevar a cabo la gestión del Programa, los cuales podrán ser reforzados por consultores con cargo a los costos de funcionamiento del Programa; III) generar los procesos de participación ciudadana requeridos a efectos de llevar a buen fin las actividades acordadas; IV) promover incentivos para la inversión privada en la zona requerida; V) administrar y gestionar los fondos que transfiera el MVOTMA a la cuenta extra presupuestal referida en el ítem I) donde se depositan los recursos asignados, así como también los reintegros provenientes por los repagos de los préstamos otorgados por el Fondo de Mejora y Mantenimiento de Stock Habitacional; VI) realizar los acuerdos necesarios con otros actores públicos y privados para acciones de mejora e incentivo del área en referencia; VII) culminar los realojos del Asentamiento irregular Isla de Gaspar y VIII) aportar las partidas necesarias para realizar en forma conjunta con el MVOTMA la recuperación de suelos del predio donde se ubicaba el Asentamiento irregular Isla de Gaspar. SEXTO: APORTE DEL MVOTMA. El MVOTMA se obliga a: a) administrar el préstamo y realizar el seguimiento necesario y los informes frente al BID; b) priorizar las inversiones de los programas de vivienda que lleva a cabo definidos para la zona y c) apoyar con un equipo de seguimiento las actividades llevadas a cabo por la IdeM. SÉPTIMO: FUNCIONAMIENTO. I) Será encargada de la gestión del Programa, la Unidad de Gestión “Comisión Especial Ejecutora del Programa de Prevención de Asentamientos Irregulares”. Los consultores individuales conformantes de la Unidad de Gestión de este proyecto podrán ser los mismos de la Unidad de Gestión del componente 2 del Programa 2052/ OC-UR, aprovechando la capacidad madurada durante los proyectos anteriores; en este caso se contratarán por contratación directa y sus costos se reflejarán en los costos de administración; II) La DINAVI, a través de la Unidad Coordinadora del Programa de Mejoramiento de Barrios (en adelante UCP-PMB) administrará los fondos a cargo del Componente II del préstamo del BID. OCTAVO: TRASPASO DE FONDOS. Una vez culminados los recaudos requeridos para el llamado a licitación de las obras a realizarse, se firmarán convenios de financiamiento específico que permitirá a la DINAVI autorizar el traspaso de los fondos del Programa a la IdeM. Los fondos para los Fondos de Mejora y Mantenimiento de Stock Habitacional y Mejora Social y Comunitaria también serán traspasados luego de la firma de los convenios específicos que establecerán el monto de las partidas anuales. La IdeM deberá enviar, previo al cierre del período presupuestal anual, una rendición de gastos de las partidas transferidas por el MVOTMA la cual constituye presupuesto necesario y condición obligatoria para liberar las partidas subsiguientes. NOVENO: ADQUISICIONES. I) Las adquisiciones de obras, servicios y consultorías serán realizadas por parte de la IdeM bajo la responsabilidad técnica de la DINAVI y la responsabilidad administrativa y del proceso de la UCP-PMB. II) La documentación para los llamados a licitación será elaborada por la IdeM y remitida a la DINAVI para su aprobación. Una vez aprobada, la DINAVI solicitará la no objeción al BID a través de la UCP-PMB, acompañando un informe técnico con la fundamentación del caso y verificando previamente que haya sido incluido en el POA y en el Plan de Adquisiciones vigente. Posterior a la no objeción del BID, la UCP-PMB a través de la DINAVI, autorizará a la IdeM a iniciar cada proceso de contratación. III) Para la evaluación y preadjudicación de los contratos, la IdeM conformará comisiones de evaluación que estarán integradas por personal del equipo de coordinación del proyecto de la UCP-PMB y la DINAVI. Una vez terminado el proceso, la DINAVI enviará toda la documentación a la UCP-PMB para que ésta solicite la no objeción al BID. Será responsabilidad de la IdeM la obtención de la aprobación de los procesos por parte de los organismos de contralor del País, culminando los procesos de adquisiciones cuando la IdeM adjudica los trabajos y firma los correspondientes contratos. IV) Los incrementos en los costos que se produzcan en la fase de ejecución de los proyectos por ampliación de alcance o cantidades de trabajo, serán en su totalidad cubiertos por la IdeM. V) Durante la ejecución de los contratos la IdeM solicitará la no objeción de la DINAVI para eventuales cambios en su alcance, plazos o montos. En caso de requerirse cambios de magnitud que modifiquen sustancialmente obras o actividades previstas, la UCP-PMB deberá solicitar la no objeción del BID. VI) La IdeM es responsable de la recepción provisoria y definitiva de las obras. La DINAVI y la UCP-PMB darán la no objeción a ambas recepciones. DÉCIMO: PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo de este convenio es de 5 (cinco) años y podrá prorrogarse 1 (un) año más en caso de mediar acuerdo de las dos instituciones firmantes. DÉCIMO PRIMERO: RENDICIÓN DE CUENTAS.- En cumplimiento a lo dispuesto en la Ordenanza N° 77 aprobada en sesión de fecha 29/XII/99 por el Tribunal de Cuentas de la República, la IdeM se obliga a remitir al MVOTMA, en forma trimestral certificación de Contador Público, acompañada de un informe de revisión limitada, avalando que los fondos fueron utilizados por el monto y para los fines que fueron entregados. DÉCIMO SEGUNDO: FIRMAS. Para constancia de las partes suscriben el presente convenio en 2 (dos) ejemplares del mismo tenor, en el lugar y fecha indicados ut supra.
        2º.- Comuníquese a la Secretaría General para conocimiento del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, a los Municipios D y E, al Departamento de Recursos Financieros y pase por su orden a la Contaduría General y a la División Tierras y Hábitat.
PROF. MARIA SARA RIBERO, Intendenta de Montevideo (I).-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-