Resolución N° 3396/00
Nro de Expediente:
166376
 
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
Fecha de Aprobación:
18/9/2000


Tema:
ENAJENAR

Resumen:
Rectificar lo dispuesto por Resolución Nº 2311/00 de 4 de julio de 2000 estableciendo que la parcela empadronada con el Nº 93.955 (Carpeta Catastral Nº 3238), ubicada en la 11ª Sección Judicial del Departamento de Montevideo, se enajena al Sr. Francisco Romero y a las Sras. Sonia Andrea y Claudia Amanda Romero Sauco

Montevideo, 18 de Setiembre de 2000.-
 
          VISTO: la Resolución Nº 2311/00 de 4 de julio de 2000;

          RESULTANDO: 1o.) que por la misma se dispuso enajenar la parcela empadronada con el Nº 93.955 (Carpeta Catastral Nº 3238), ubicada en la 11ª Sección Judicial del Departamento de Montevideo, a las Sras. Sonia Andrea y Claudia Amanda Romero Sauco;

          2o.) que a fs. 46 el Sr. Francisco Romero había renunciado a la titularidad del bien a favor de sus hijas, arriba mencionadas;

          3o.) que el Servicio de Escribanía puntualiza que la enajenación deberá efectuarse a todos los titulares del predio lindero, para que a posteriori éstos incorporen la parcela adquirida al inmueble Padrón Nº 93.954, mediante plano de fusión y éste no podrá formularse ni inscribirse en Catastro si se omite en la enajenación alguno de sus titulares, ya que debe existir identificación total de los propietarios de ambos bienes;

          4o.) que con fecha 1º de setiembre de 2000 comparece el Sr. Francisco Romero, quién presta su consentimiento a ser incluído entre los adquirentes del Padrón Nº 93.955;

          CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional eleva actuaciones solicitando se rectifique en lo pertinente, la Resolución Nº 2311/00;


          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO

          RESUELVE:


          1.- Rectificar lo dispuesto por Resolución Nº 2311/00 de 4 de julio de 2000 estableciendo que la parcela empadronada con el Nº 93.955 (Carpeta Catastral Nº 3238), ubicada en la 11ª Sección Judicial del Departamento de Montevideo, se enajena al Sr. Francisco Romero y a las Sras. Sonia Andrea y Claudia Amanda Romero Sauco, sin perjuicio de mantenerse las restantes condiciones establecidas.
          2.- Comuníquese a los Departamentos de Descentralización; de Recursos Financieros; de Acondicionamiento Urbano; a la Unidad Central de Planificación Municipal; a la División Promoción Económica; al Servicio de Tesorería General Municipal y pase a sus efectos al Servicio de Escribanía.
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
ING. QUIMICO PABLO BUONOMO, Secretario General (I.).-