Resolución N° 349/01
Nro de Expediente:
1001-007167-00
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
29/1/2001


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Embajada del Reino de España, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 11.454 por los ejercicios 1995 a 2000 inclusive y 30.192 por los ejercicios 1997 a 2000 inclusive.-

Montevideo, 29 de Enero de 2001.-
 
        VISTO: la gestión de la Embajada de España, realizada a través del Ministerio de Relaciones Exteriores de nuestro país, solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 11.454 y 30.192, ubicados en Avenida Brasil Nos. 2770 y 2786 y calle Libertad Nos. 2738 y 2750, respectivamente;
        RESULTANDO: que la gestionante ya fue beneficiada con la franquicia fiscal en anteriores oportunidades siendo la última otorgada para el padrón No. 11.454 hasta el ejercicio 1994 inclusive y para el padrón No. 30.192 hasta el ejercicio 1996 inclusive, según Resolución No. 2945/96 del 1o. de junio de 1996;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Asesor Profesional del Departamento de Recursos Financieros informa que corresponde declarar exonerado al Reino de España, al amparo del artículo 23 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961, ratificada por el Estado Uruguayo por Ley No.13.744 de 14 de octubre de 1969 y aceptada a nivel municipal por Resolución No. 3372 del 17 de mayo de 1988, respecto del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 11.454 por los ejercicios 1995 a 2000 inclusive y 30.192 por los ejercicios 1997 a 2000 inclusive;
        2o.) que la Dirección de la División Administración Fiscal comparte el informe precedente;



        3o.) que el Director General del Departamento de Recursos Financieros estima que procede proveer de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Embajada del Reino de España, al amparo del Art. 23 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas de 1961, ratificada por el Estado Uruguayo por Ley No. 13.774 del 14 de octubre de 1969 y aceptada a nivel municipal por Resolución No. 3372 del 17 de
        mayo de 1988, del pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 11.454, ubicado en Avenida Brasil Nos. 2770 y 2786, por los ejercicios 1995 a 2000 inclusive y 30.192, ubicado en la calle Libertad Nos. 2738 y 2750, por los ejercicios 1997a 2000 inclusive.-
        2o.- Pase por su orden a la Secretaría General para que libre comunicación al Ministerio de Relaciones Exteriores y al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-
DR. ADOLFO PEREZ PIERA, Intendente Municipal (I).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-