Resolución N° 478/11/4000
Nro de Expediente:
4112-000101-11
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
23/11/2011


Tema:
VIABILIDAD DE USO

Resumen:
Se autoriza con carácter temporal, la viabilidad de uso para la regularización del establecimiento destinado a laboratorio de análisis químicos, ubicado en el predio Padrón Nº 170.685, sito con frente a la calle Irlanda Nº 2033, propiedad de Grupo Químico S.R.L..-

Montevideo, 23 de Noviembre de 2011.-
 
        VISTO: que Grupo Químico S.R.L., solicita regularizar el establecimiento destinado a laboratorio de análisis químicos, ubicado en el predio empadronado con el Nº 170.685, sito con frente a la calle Irlanda Nº 2033;
        RESULTANDO: 1º) que se declara un área edificada ya autorizada de 403 m2 (Resolucion Nº 299/06/4000 del 27/IV/06), a regularizar de 75 m2 sobre una superficie de terreno de 657 m2;
        2º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito no tiene objeciones a lo solicitado;
        3º) que el Municipio E aprueba el trámite presentado;
        4º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 6 informa que: a) el establecimiento desde el punto de vista morfológico se integra perfectamente al entorno; b) no cuenta con denuncias por perjuicios al vecindario; c) posee certificado vigente del Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas e informe favorable del Departamento de Desarrollo Ambiental que data del mes de febrero de 2006 y d) por lo expuesto no habría obstáculos para proceder a la regularización solicitada;
        5º) que el Servicio de Contralor de la Edificación propicia su autorización con carácter precario y revocable, manteniendo las condiciones establecidas en la Resolución Nº 299/06/4000 del 27/IV/06, además de cumplir con lo dispuesto por Resoluciones Nos. 1260/08 del 31/III/08 y 2488/06 del 22/VI/09, respecto al transporte de cargas;
        6º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 4272/10 del 17/IX/10 la Sra. Intendenta de Montevideo delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar ampliación o regularización de establecimientos de hasta 1500 metros cuadrados de usos no residenciales con destinos diferentes a los admitidos en la normativa aplicable para la zona de implantación y características de funcionamiento, tales como: escala, dinámica de intercambio con el entorno, emanaciones al medio, lugar para carga y descarga interno del predio, afectaciones al tránsito, etc., siempre que no impliquen interferencias graves con el entorno inmediato y hayan merecido informes favorables de las oficinas competentes;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Admitir, con carácter temporal, la viabilidad de uso del establecimiento destinado a laboratorio de análisis químicos, ubicado en el predio empadronado con el Nº 170.685, sito con frente a la calle Irlanda Nº 2033, propiedad de Grupo Químico S.R.L., condicionado a que se mantengan las condiciones establecidas en la Resolución Nº 299/06/4000 del 27/IV/06, además de cumplir con lo dispuesto por Resoluciones Nos. 1260/08 del 31/III/08 y 2488/06 del 22/VI/09, respecto al transporte de carga.-
        2º.- Comuníquese al Municipio E, al Departamento de Desarrollo Ambiental, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 6, de Instalaciones Mecánicas y



        Eléctricas, de Salubridad Pública y de Ingeniería de Tránsito; cumplido, pase al Servicio de Contralor de la Edificación.-

ELEONORA BIANCHI CASERTA, Directora General .-