Resolución N° 291/04/3000
Nro de Expediente:
3230-008415-02
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
22/4/2004


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Aplicar multa a la firma EL HOGAR DE LAS MEDIAS, responsable de la marquesina colocada en Avda. 18 de Julio No. 1523, dado que no ha procedido a ajustar la marquesina a condiciones reglamentarias .-

Montevideo, 22 de Abril de 2004.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la regularización de la marquesina colocada en la finca sita en Avda. 18 de Julio No. 1523, de la cual es responsable la firma El Hogar de las Medias, R.U.C. 210185650015, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 2, informa que pese a los plazos concedidos y a las sanciones aplicadas (Resolución Nro. 1301/02/3000, de fecha 23/X/02 y 1008/03/3000 de fecha 15/IX/03), la situación permanece incambiada, por lo que correspondería aplicar una multa de U.R. 16,3250, según lo que establece el Art. 3o., Secc. II, numeral 16 y Arts. 21 y 22 de la Secc. XIII (Contumacia y Reincidencia) del Decreto No. 21.626;
        2o.) que el Director Profesional de este Departamento sugiere la aplicación de la multa de referencia, dado que pese a las reiteradas intimaciones y a las sanciones aplciadas, no se ha ajustado la marquesina a condiciones reglamentarias;
        CONSIDERANDO: las facultades oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 16,3250 (Unidades Reajustables dieciséis con tres mil doscientas cincuenta diezmilésimas) a la firma El Hogar de las Medias, R.U.C. 210185650015, responsable de la marquesina instalada sin el correspondiente permiso municipal en la finca sita en Avda. 18 de Julio No. 1523, con igual domicilio a los efectos legales, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días, a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        2.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Departamento para notificar a la firma infractora y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 2.-

DR. MIGUEL FERNANDENZ GALEANO , Director General (I) del Departamento de Descentralización.-