Resolución N° 1890/99
Nro de Expediente:
A 20558
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
24/5/1999


Tema:
CONVENIO DE PATROCINIO

Resumen:
Aprobar las cláusulas de convenio de patrocinio, a suscribirse entre la IMM y CX 14 Radio El Espectador.

Montevideo, 24 de Mayo de 1999.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y CX 14 Radio El Espectador;
        RESULTANDO: 1o.) que en el marco del Decreto No. 25.398, se han venido celebrando por parte de la IMM diversos convenios de patrocinio con diferentes organizaciones de la sociedad civil, combinando esfuerzos público - privados para el logro de diversos objetivos comunes que beneficien a la comunidad;
        2o.) que en tal sentido, se eleva para su aprobación, un proyecto de convenio en el cual se pactan las obligaciones que contraerán ambas partes, el cual luce agregado a fs. 5 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende que procede aprobar las cláusulas del convenio de referencia;

        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:

        1o.-Aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y CX 14 Radio El Espectador, en los siguientes términos: CONVENIO DE PATROCINIO: En Montevideo, a los días del mes de de mil novecientos noventa y nueve, comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante denominada IMM, representada por , en su calidad de , con domicilio en Avda. 18 de Julio Nº 1360 y POR OTRA PARTE: CX 14 Radio El Espectador, en adelante denominada El Espectador, representada por el Sr. Javier Massa, C.I. Nº , en calidad de , con domicilio en , quienes acuerdan lo siguiente:
        ANTECEDENTES: En el marco del Decreto Nº 25.398, se han venido celebrando por parte de la IMM diversos convenios de patrocinio con diferentes organizaciones de la sociedad civil, combinando esfuerzos público-privados para el logro de diversos objetivos comunes que beneficien a la comunidad. Dentro de ese marco normativo, el Departamento de Cultura, a través de la Orquesta Filarmónica de Montevideo, ha arribado a un nuevo acuerdo, esta vez con la empresa compareciente, que constituirá un importante apoyo desde el ámbito privado que se viene a sumar a los que ya están realizando otras empresas de nuestro medio a favor de las diversas manifestaciones culturales promovidas desde la Comuna.
        CLAUSULA PRIMERA: El Espectador, se compromete a emitir publicidad de las presentaciones bajo las siguientes condiciones:
        a) 3 (tres) menciones diarias, de duración estimada en 30 (treinta) segundos, durante los días 10o., 9o. y 8o. previos a cada presentación, ubicadas una en la mañana, una en la tarde, y una en la noche.
        b) 5 (cinco) menciones diarias, de duración estimada en 30 (treinta) segundos, los seis días previos y el día de la función, ubicadas proporcionalmente en la restante programación de la emisora. (Los horarios en que se emitirán las menciones serán informados con anterioridad a la producción de la Orquesta Filarmónica de Montevideo).
        c) Cobertura periodística a través de entrevistas, notas y comentarios por parte de columnistas especializados en los programas "En Perspectiva", "Rompecabezas", "Planetarios" y "La Cocina", así como la inclusión de los espectáculos en las carteleras correspondientes.
        d) Inclusión de un banner de la Orquesta Filarmónica de Montevideo ( de características a determinar) en la página principal de "El Espectador en Internet", con un link en el website www.filarmónica.edu.uy.
        CLAUSULA SEGUNDA: La IMM ,por su parte, se compromete a:
        a) Realizar la producción de las menciones en conjunto con El Espectador.
        b) Colocar el logo de El Espectador en los programas de mano de cada concierto.
        c) Colocar estática de El Espectador en los lugares de las presentaciones.
        d) Colocar el logo de El Espectador en los avisos de prensa del diario El País.
        CLAUSULA TERCERA: El Espectador podrá hacer pública la colaboración acordada, con expresa referencia al espíritu de cooperación que anima este convenio, según lo expresado en la cláusula quinta.
        CLAUSULA CUARTA: La IMM no otorgará concesión ni remuneración de especie alguna por los aportes de patrocinio establecidos.
        CLAUSULA QUINTA: Las partes declaran su propósito de que en la ejecución de este convenio se actúa con espíritu de leal colaboración en interés mutuo, de modo que prevalezca un criterio de ágil adecuación a las circunstancias imperantes, procurándose mantener condiciones que permitan un resultado acorde a la importancia de este acuerdo.
        De conformidad y para constancia, se firman dos ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2o.- Delegar la firma del presente convenio en el Director General del Departamento de Cultura.-
        3o.-Comuníquese a la Secretaría General, al Departamento de Recursos Financieros, a la División Promoción y Acción Cultural, al Servicio de Relaciones Públicas y Comunicaciones, a las Unidades Orquesta Filarmónica de Montevideo, Apoyo y Asesoramiento del Departamento de Cultura y de Convenios y pase al citado Departamento para la suscripción del convenio de referencia.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-