Resolución N° 1390/99
Nro de Expediente:
1059
 
JURIDICA
Fecha de Aprobación:
20/4/1999


Tema:
RECURSOS

Resumen:
Se revocan Resoluciones Nros.1095/97 del 7 de abril de 1997 y 2721/97 del 22 de agosto de 1997, dictadas por el Servicio Central de Inspección General, por impugnación del Sr. Antonio Llaro Pazos

Montevideo, 20 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: la impugnación interpuesta por el Sr. Antonio Claro Pazos, RUC N° 212460590010, con domicilio en Avda. Agraciada N° 4002, contra la Resolución Nº 2721/97 del 22 de agosto de 1997, dictada por el Servicio Central de Inspección General, en ejercicio de facultades delegadas;
        RESULTANDO: 1°) que por la misma se dispuso aplicar al compareciente, una multa de 4,8582 U.R. (Unidades Reajustables cuatro, con 8582/10000) y otra de 7,4205 U.R. (Unidades Reajustables siete, con 4205/10000), debido a que en inspección realizada el 27 de setiembre de 1996, se habría comprobado que, pese a los plazos que le fueran conferidos, no presentó la documentación habilitante que le autorice el funcionamiento del establecimiento sito en Avda. Agraciada N° 4002;
        2°) que el impugnante expresa que ya fue sancionado por el hecho imputado, por lo que no corresponde al respecto una nueva sanción; pero además recurrió la resolución que le sancionaba y agregó la documentación que le fuera requerida;
        CONSIDERANDO: 1o.) que no se habrán de formular observaciones de orden formal al recurso interpuesto, por lo que corresponde el tratamiento de la cuestión sustancial que se plantea;
        2o.) que el informe de fs. 16 y 16 vta, entiende que las Resoluciones Nros. 1095/97 del 7 de abril de 1997 y 2721/97 del 22 de agosto de 1997, recaen sobre la falta que ya sancionara la Resolución N° 782/97 de fecha 11 de marzo de 1997, por lo que asiste razón al impugnante;
        3°) que el informe de fs. 17, coincidente con el anterior, entiende que deberían revocarse las dos primeras resoluciones citadas y condicionar la vigencia de la última, a la verificación de la documentación presentada por el compareciente;
        4°) que la División Jurídica de conformidad entiende que debe dictarse resolución en el sentido indicado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Revocar las Resoluciones Nros. 1095/97 del 7 de abril de 1997 y 2721/97 del 22 de agosto de 1997, dictadas por el Servicio Central de Inspección General, en ejercicio de facultades delegadas.-
        2º.- Condicionar la vigencia de la Resolución N° 782/97 de fecha 11 de marzo de 1997, dictada por el mencionado Servicio, a la verificación de la documentación presentada por el Sr. Antonio Claro Pazos, RUC N° 212460590010.-
        3°.- Pase, por su orden, al Servicio Central de Inspección General, para la notificación correspondiente y a los efectos indicados en el numeral anterior.-
SR. ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal (I.).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-