Resolución N° 406/08/5000
Nro de Expediente:
9055-002819-08
 
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
Fecha de Aprobación:
21/5/2008


Tema:
LICENCIAS

Resumen:
Se concede, a partir del 15 de mayo de 2008, 6 (seis) meses de licencia extraordinaria sin goce de sueldo, al funcionario Sr. Luis Ignacio Cejas.-

Montevideo, 21 de Mayo de 2008.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones, promovidas por el funcionario Sr. Luis Ignacio Cejas, quien se desempeña en la Unidad Centro Cultural Florencio Sánchez;
        RESULTANDO: 1o.) que en las mismas solicita se le conceda licencia extraordinaria, sin goce de sueldo, por el término de 6 (seis) meses, a partir del 15 de mayo de 2008;
        2o.) que motiva dicha solicitud en razón de haber sido convocado en su calidad de músico, para actuar en diversos Festivales de Palma de Mallorca, Baleares, Municipio de Capdepera, Cala Ratiada, Madrid, París, Munich y Viena;
        3o.) que la División Promoción Cultural y el Departamento de Cultura, se manifiestan de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o.) que se estima procedente el dictado de resolución, autorizando la licencia extraordinaria sin goce de sueldo solicitada;
        2o.) las facultades oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
        RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
        RESUELVE:
        1o.- Conceder, a partir del 15 de mayo de 2008, 6 (seis) meses de licencia extraordinaria sin goce de sueldo, al funcionario Sr. Luis Ignacio Cejas, C.I. Nº 1.522.923.-
        2o.- Autorizar al titular a que, en caso de ser necesario, se reintegre sin más trámite antes del vencimiento de la licencia concedida, bastando para ello su presentación ante la Unidad Centro Cultural Florencio Sánchez mediante un acta, expresando su voluntad de interrumpir la licencia.-
        3o.- En este caso, la Dirección de la Unidad Centro Cultural Florencio Sánchez deberá comunicar de inmediato al Servicio de Administración de Recursos Humanos, Unidad Información de Personal, la fecha del reintegro efectivo del titular a fin de que el mismo sea puesto en situación de ACTIVO APTO AL COBRO en el S.R.H. y la habilitación de los relojes para el registro de asistencia. La omisión de tal comunicación será considerada falta pasible de sanción.-
        4o.- Comuníquese al Departamento de Cultura; a la División Promoción Cultural; a la Unidad Información de Personal; a los Servicios de Planeamiento y Desarrollo de Recursos Humanos y de Liquidación de Haberes; y pase, por su orden, a los Servicios Central de Inspección General, para notificación al interesado y de Administración de Recursos Humanos, a sus efectos.-

Lic. Pablo ANZALONE, Director General del Departamento de Recursos Humanos y Materiales.-