Resolución N° 4550/99
Nro de Expediente:
4201-007809-99
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
1/12/1999


Tema:
ARRENDAMIENTOS DE SALAS

Resumen:
Disponer el arrendamiento de la Sala Verdi al Grupo "Yeca Tatu" para el día 22/XII/99, con motivo de la realización de un espectáculo musical.

Montevideo, 1 de Diciembre de 1999.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la nota presentada por la Producción del Grupo Yeca - Tatu, en la que solicita el uso de la Sala Verdi, para el día 22/XII/99
        RESULTANDO: 1o.) que motiva dicha solicitud, la realización de un espectáculo musical, que tiene como particularidad que el mismo sería grabado en vivo para su posterior edición en CD;
        2o.) que el Servicio de Teatros manifiesta no tener inconveniente en reservar la sala;
        3o.) que la División Promoción y Acción Cultural, sugiere arrendar la citada Sala, de acuerdo a lo establecido en la Resolución No. 684/98 de fecha 5/XI/98, Inciso b);
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende que procede proveer de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:

        1.- Arrendar la Sala Verdi a la Producción del Grupo Yeca - Tatu para el día 22/XII/1999, con motivo de la realización de un espectáculo musical con el fin de la grabación del mismo en vivo, para su posterior edición en CD.-
        2.- Fijar el precio del alquiler en un 10% (diez por ciento) de la recaudación bruta, con un mínimo de 30 U.R. (treinta Unidades Reajustables) según lo estipulado en la Resolución No. 684/98 de fecha 5/XI/98, Inciso B, para los espectáculos de interés cultural y turísticos, auspiciados por la IMM.-
        3.- Disponer que se deberá dar cumplimiento a lo establecido en la reglamentación aprobada por Resolución N° 1.043/94 del 4/IV/94 y su modificativa la No. 3.063/94 del 5/IX/94.-
        4.- Disponer que se deberá exigir la acreditación del pago o afianzamiento de los porcentajes impositivos, establecidos en la Ley No. 16.624 del 10/XI/94 y su Decreto Reglamentario de fecha 12/IX/96, a todo solicitante de autorización para la realización de espectáculos comprendidos en el Art. 7o. de la citada Ley.-
        5.- Comuníquese a la Secretaría General, a la División Promoción y Acción Cultural, a los Servicios de Relaciones Públicas y Comunicaciones y de Inspección General - Espectáculos Públicos -, a la Unidad Comedia Nacional y pase al Servicio de Teatros.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-