Resolución N° 1188/00/4000
Nro de Expediente:
1060-134478-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
4/9/2000


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar multa 20 U.R., JACKSON S.R.L. infracción vía pública Pedro Berro Nº 1085.-

Montevideo, 4 de Setiembre de 2000.-
 
        VISTO: la infracción cometida por JACKSON S.R.L. 21 012217 0016 en la calle Pedro Berro Nº 1085;
        RESULTANDO: que la Unidad de Control de Obras en la Vía Pública informa que dicha Empresa infringió lo dispuesto en el Art. D.2241.7 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "De las Obras" del Digesto Municipal, por discontinuidad en la reparación de la vereda en una superficie de 4 m2. y de acuerdo con lo establecido en el mencionado artículo, corresponde aplicar una multa de 20 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.478/00 del 17/VII/00, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 20 U.R. (veinte unidades reajustables) a JACKSON S.R.L. RUC 21 012217 0016 con domicilio en la calle Maldonado Nº 2000, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Intimar al infractor el cumplimiento de las normas establecidas en la Ordenanza Municipal bajo apercibimiento de que, en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones.-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Cobro de Morosos, al Registro de Empresas Contratistas de Obras en la Vía Pública de la División Vialidad y pase a la Unidad de Control de Obras en la Vía Pública, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo al infractor, advirtiéndole que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General .-