Resolución N° 287/01/3000
Nro de Expediente:
3220-001684-01
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
22/3/2001


Tema:
MULTA POR MARQUESINA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 8,4099, a la firma Parma Importaciones S.A., R.U.C. 21.239392.0018, con domicilio a los efectos legales en la calle Hermano Damasceno No. 1727, responsable del toldo instalado en la finca sita en la calle Yaguarón No. 1494.-

Montevideo, 22 de Marzo de 2001.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el toldo de lona colocado sin el correspondiente permiso municipal en la finca sita en Avda. Yaguarón No. 1494, del cual es responsable la firma Parma Importaciones S.A., R.U.C. 21.239392.0018, con domicilio legal en la calle Hermano Damasceno No. 1727;
        RESULTANDO: que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 informa que pese al plazo concedido no se procedió a presentar la documentación correspondiente, por lo que se debería aplicar una multa de U.R. 8,4099, por infracción a lo establecido en la Sección II, Art. 3o., Numeral 16 del Decreto No. 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección Profesional de este Departamento, sugiere la aplicación de la multa de referencia por mantenerse la situación incambiada;
        2o.) que por Resolución No.2.478/00, del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de descentralización la facultad de aplicar multas de hasta un monto de U.R. 55;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 8,4099 (Unidades Reajustables ocho con cuatro mil noventa y nueve diezmilésimas) a la firma Parma Importaciones S.A., R.U.C. 21.239392.0018, con domicilio a los efectos legales en la calle Hermano Damasceno No. 1727, responsable del toldo de lona ubicado en la calle Yaguarón 1494, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos; Servicios Centro Comunal Zonal No. 1 y Central de Inspección General a los efectos de notificar el acto administrativo a la firma infractora y pase al Departamento de Descentralización.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA , Directora General (I) del Departamento de Descentralización.-