Resolución N° 2525/03
Nro de Expediente:
9904-012927-99
 
JURIDICO
Fecha de Aprobación:
30/6/2003


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar al recurso de apelación en subsidio, interpuestos por la firma ESTABLECIMIENTO JUAN SARUBBI S.A., contra la Resolución Nº 1330/00 de fecha 13 de diciembre de 2000, dictada por la Dirección del Servicio de Ingresos Comerciales.-

Montevideo, 30 de Junio de 2003.-
 
        VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio, interpuestos por la firma ESTABLECIMIENTO JUAN SARUBBI S.A., contra la Resolución Nº 1330/00 de fecha 13 de diciembre de 2000, dictada por la Dirección del Servicio de Ingresos Comerciales;
        RESULTANDO: 1º) que por dicha resolución se intimó a la reclamante el pago de la suma de $ 12.262 (pesos uruguayos doce mil doscientos sesenta y dos ), por concepto de Tasa Bromatológica al 11 de diciembre de 2000 (fecha de cálculo de deuda más multa y recargos);
        2º) que la empresa sostiene que la recurrida carece de causa y fundamento y atribuye a un error la intimación efectuada, ya que estima que se encuentra al día con el pago del tributo reclamado;
        3º) que el recurso de reposición fue resuelto en forma negativa para la impugnante, franqueándose la alzada;
        CONSIDERANDO: 1º) que el informe producido a fs. 27, expresa que la empresa efectúa un cálculo erróneo de la liquidación del tributo señalado, ya que toma por unidades de cálculo los quilogramos y no los envases que vende, como corresponde de acuerdo a lo establecido en el Art. 28 del Decreto Departamental N° 11.812, por lo que propicia el mantenimiento de la recurrida;
        2º) que por los motivos indicados el Departamento Jurídico estima que debería dictarse resolución



        confirmatoria de la impugnada;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar al recurso de apelación en subsidio, interpuestos por la firma ESTABLECIMIENTO JUAN SARUBBI S.A., contra la Resolución Nº 1330/00 de fecha 13 de diciembre de 2000, dictada por la Dirección del Servicio de Ingresos Comerciales.-
        2°.- Pase a los Servicios, Central de Inspección General, para la notificación correspondiente e Ingresos Comerciales, para su archivo
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General .-