Resolución N° 206/16/6300
Nro de Expediente:
2016-6338-98-000006
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
25/7/2016


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 10 a la Sra. María Zerpa, CI No. 4.791.500-0.

Montevideo, 25 de Julio de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el camioneta marca EFFA, matrícula SBK 4860;
        RESULTANDO: 1o.) que la Unidad Centro de Monitoreo y Control Ambiental informa, que con fecha 7 de abril de 2016, a la hora 6:45, del mencionado vehículo se arrojaron bolsas de residuos en la calle Shaw entre José Guerra y Av. José Belloni (se adjunta registro fotográfico de fs. 2, 3 y 4);
        2o.) que consultada la División Tránsito y Transporte, informa que el mencionado vehículo es propiedad de la Sra. María Zerpa, CI No. 4.791.500-0, con domicilio en la calle Luis E. Azarola Gil No. 4931;
        CONSIDERANDO: 1o) que con fecha 27 de mayo de 2016, se dio cumplimiento a lo dispuesto en el Art. R.69 del Volumen II del Digesto, otorgándose la vista correspondiente a la involucrada;
        2o.) que la Abogada Asesora del Departamento de Desarrollo Ambiental expresa que no habiendo sido evacuada la vista conferida oportunamente, corresponde la aplicación de una multa a la Sra. María Zerpa, CI No. 4.791.500-0, con domicilio en la calle Luis E. Azarola Gil No. 4931, de UR 10 (unidades reajustables diez) acorde al Art. 4o. Literal "B" Numeral 1 del Régimen Punitivo Departamental (Decreto 21.626 de fecha 23 de abril de 1984, actualizado por Resolución No. 2287/13 de fecha 3 de junio de 2013);
        3o.) que según Resolución No. 3248/15, de fecha 9 de julio de 2015, el Intendente de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la facultad de aplicar
        multas hasta un monto de 55 UR;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Aplicar una multa de UR 10 (unidades reajustables diez), la Sra. María Zerpa, CI No. 4.791.500-0, con domicilio en la calle Luis E. Azarola Gil No. 4931, por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        2o.-Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Centro de Monitoreo y Control Ambiental para la notificación a la involucrada, al que se le hará saber en dicho acto, que dispone de un plazo de 30 (treinta) días a partir de la notificación, para el pago de la sanción impuesta, bajo apercibimiento que en caso de incumplimiento se ejecutará el cobro mediante acción judicial.

Oscar Curutchet, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental.-