Resolución N° 71/00/5400
Nro de Expediente:
1001-32158-00
 
JURIDICA
Fecha de Aprobación:
12/10/2000


Tema:
CESION DE CREDITOS

Resumen:
Se aprueba la cesión de derechos de cobro del "Sindicato Médico del Uruguay" (C.A.S.M.U.), a favor del "Discount Bank.-

Montevideo, 12 de Octubre de 2000.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el "Sindicato Médico del Uruguay" (C.A.S.M.U).;
        RESULTANDO: que solicita la aprobación de la Cesión de Derechos de Cobro a favor del "Discount Bank (Latin América)", de los créditos actuales y futuros contra la Intendencia, derivados de los convenios de prestación de servicios de asistencia médica, hasta la suma de $ 288.000.000,00 (pesos uruguayos doscientos ochenta y ocho millones), pagaderos en 24 cuotas mensuales de $ 12.000.000,00 (pesos uruguayos doce millones), de acuerdo a lo dispuesto en el art. R. 992, Numeral 35, Volumen VIII del Digesto Municipal;
        CONSIDERANDO: 1o.) que en la especie se han cumplido los extremos de derecho exigidos por el art. R. 992 ya citado, esto es, celebración del contrato por documento privado con certificación de firmas de cedente y cesionario, certificación de no existencia de embargos e interdicciones de ambas partes y constancia de que la cesión no importa novación;
        2o.) las facultades oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION DE LA DIVISION JURIDICA
        RESUELVE:
        1o.- Aprobar la cesión de derechos de cobro del "Sindicato Médico del Uruguay" (C.A.S.M.U.), a favor del "Discount Bank (Latin América)", de los créditos actuales y futuros contra la Intendencia, derivados de los convenios de prestación de servicios de asistencia médica, hasta la suma de $ 288.000.000,00 (pesos uruguayos doscientos ochenta y ocho millones), pagaderos en 24 cuotas mensuales de $ 12.000.000,00 (pesos uruguayos doce millones), de acuerdo a lo dispuesto en el art. R. 992, Numeral 35, Volumen VIII del Digesto Municipal.-
        2o.- Siendo variable la suma mensual que abona la Intendencia al C.A.S.M.U., y existiendo una cesión parcial anterior, el pago de $ 12.000.000,oo (pesos uruguayos doce millones) mensuales, se hará efectivo en la medida que exista una cantidad suficiente para cubrir la cuota mensual estipulada, quedando la diferencia en caso contrario, a cubrir de las siguientes partidas.-
        3o.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; al Servicio de Beneficios Funcionales; y pase, por su orden, al Servicio Central de Inspección General, para notificación a los interesados y al Servicio de Contabilidad General, a sus efectos.-

Dr. Adolfo PEREZ PIERA., Director de la División Jurídica.-