Resolución N° 3132/11
Nro de Expediente:
5010-000079-11
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
11/7/2011


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar a la petición formulada por la Sra. Ana Curbelo, contra la resolución de 23 de diciembre de 2010, que dispuso dejar sin efecto, a partir del 31/12/10, su contratación como funcionaria de esta Intendencia.-

Montevideo, 11 de Julio de 2011.-
 
          VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio interpuestos por la Sra. Ana Curbelo, C.I. 4.795.852-1, contra la resolución de 23 de diciembre de 2010, que dispuso dejar sin efecto, a partir del 31/12/10, su contratación como funcionaria de esta Intendencia;
          RESULTANDO: 1o.) que la recurrente se agravia señalando que la resolución resistida le causa un grave perjuicio, por cuanto dispone su exclusión de los cuadros funcionales de esta Intendencia sin ninguna expresión de motivos, y estando afectada de una flagrante irregularidad jurídica;
          2o.) que la Unidad Asesoría informa que en el aspecto formal los recursos interpuestos se dirigen contra un acto administrativo "no recurrible" y como lo reconoce la interesada en su escrito al calificarlo de "mero informe";
          3o.) que en cuanto al aspecto sustancial se indica que la señora Ana Curbelo revistaba como contratada hasta el 31 de diciembre de 2010, según Resolución No. 89/10, de 7/1/10. Su relación con la Intendencia finalizó al vencimiento del plazo de su contrato (31/12/10) sin necesidad de acto administrativo alguno que disponga o declare tal situación. Este acto sería necesario para la renovación de la contratación, pero no para su finalización ya que la misma fue por un plazo cierto y determinado. Asimismo, el Director General del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales dispuso se notificara a la interesada que el contrato "se extinguirá en forma automática con fecha 31 de diciembre de 2010". Este acto administrativo no dispone el cese del contrato sino que simplemente comunica el acacecimiento de tal extremo de conformidad a lo previsto en la citada Resolución;
          CONSIDERANDO: que el 24/6/11, el Director de la División Asesoría Juridica remite las actuaciones para su consideración;
          LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. No hacer lugar a la petición formulada por la Sra. Ana Curbelo, C.I. 4.795.852-1, contra la resolución de 23 de diciembre de 2010, que dispuso dejar sin efecto, a partir del 31/12/10, su contratación como funcionaria de esta Intendencia.-
          2. Pase al Servicio Centro Comunal Zonal No. 7 para notificar a la interesada, y demás efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-