Resolución N° 2626/00
Nro de Expediente:
4113-013783-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
31/7/2000


Tema:
PERMISOS DE CONSTRUCCION

Resumen:
No ha lugar regularización construcción, tolerando mantenimiento condicionado Colonia Nº 1845 apto.1002.-

Montevideo, 31 de Julio de 2000.-
 
        VISTO: que por Permiso de Construcción Nº 4113-013783-99, se solicita regularizar las construcciones existentes en el predio empadronado individualmente con el Nº 14.551/1002, sito con frente a la calle Colonia Nº 1845 apto.1002, según gráficos del Arq. León Feder;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Estudios y Regulación Territorial informa que: a) se solicita regularizar una construcción que invade con la ampliación de una unidad la zona del gálibo; b) dicho gálibo (retiro de 3 mts. de la alineación) permite avanzar en altura 3,50 mts.; c) la ampliación en gálibo antedicha se declara del año 1994 y se realiza a expensas de la terraza G10 (Propiedad Común de uso exclusivo de la Unidad 1002); d) dicha ampliación (la terraza se orienta hacia la calle Eduardo Acevedo) no ocasiona molestias a linderos ya que tiene similar solución de ocupación y cerramiento de terraza y no ocasiona desajustes generales en el entorno inmediato, porque no hay otros edificios de esa altura y e) las presentes actuaciones pueden ser objeto de una tolerancia especial;
        2°) que el Servicio de Contralor de Edificaciones expresa que se observa la iluminación y ventilación de los locales afectados por dicho cerramiento, los cuales daban directamente al exterior y ahora iluminan y ventilan a través de otro local;
        3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones propicia se autorice el mantenimiento de las construcciones existentes, con carácter temporal en tanto se mantenga el destino y las características de cerramientos livianos y vidriados;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde proceder de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar a la regularización de las construcciones existentes en el predio empadronado individualmente con el Nº 14.551/1002, sito con frente a la calle Colonia Nº 1845 apto. 1002, que según gráficos del Arq. León Feder, del Permiso de Construcción Nº 4113-013783-99, invaden zona de gálibo.-
        2º.- Tolerar su mantenimiento con carácter temporal, en tanto se mantenga el destino y las características de cerramientos livianos y vidriados.-
        3º.- Disponer que el Servicio de Contralor de Edificaciones deje constancia en forma destacada en los gráficos y junto al sello de aprobación del mencionado Permiso de Construcción de lo resuelto en los numerales 1º y 2º del presente acto administrativo.-
        4º.- Comuníquese a los Departamentos de Descentralización, para conocimiento de la autoridad local competente, de Recursos Financieros y pase al Servicio de Contralor de Edificaciones.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-