Resolución N° 1536/01
Nro de Expediente:
9757-005913-01
 
JURIDICA
Fecha de Aprobación:
8/5/2001


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No hacer lugar al recurso de apelación en subsidio, interpuesto por el Sr. Enrique Francisco Moreno Santero, contra la multa por infracción de tránsito aplicada según Intervenido Nº 126586 de fecha 4 de setiembre de 2000.-

Montevideo, 8 de Mayo de 2001.-
 
        VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio, interpuestos por el Sr. Enrique Francisco Moreno Santero, contra la multa por infracción de tránsito aplicada según Intervenido Nº 126586 de fecha 4 de setiembre de 2000 (fs. 7);
        RESULTANDO: 1º) que dicha sanción fue aplicada porque el recurrente circulaba a una velocidad de 64 Km./h, en zona autorizada hasta 45 Km/h;
        2º) que el compareciente sostiene que la zona está defectuosamente señalizada, que no existe señalización visible que indique el límite de velocidad exigido, lo que habría ambientado la supuesta infracción;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Tránsito y Transporte desestimó el recurso de reposición interpuesto, (fs. 9);
        2o.) que los recursos fueron interpuestos fuera de plazo y que el informe de fs. 10, coincidiendo con el de fs. 9, destaca que la velocidad máxima autorizada está fijada por norma de rango legal y solamente cuando se puede superar la misma se establecen otros máximos, por lo que correspondería ratificar lo actuado;
        3o) que por lo expuesto, la División Jurídica entiende pertinente el dictado de resolución desestimando el recurso interpuesto;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar al recurso de apelación en subsidio, interpuesto por el Sr. Enrique Francisco Moreno Santero, contra la multa por infracción de tránsito aplicada según Intervenido Nº 126586 de fecha 4 de setiembre de 2000.-
        2º.- La División Tránsito y Transporte remitirá testimonio de la multa impuesta, con la constancia de que se trata de un acto administrativo firme, al Departamento de Recursos Financieros, para gestionar el cobro ejecutivo de la misma.-
        3º.- Pase, por su orden, al Servicio Central de Inspección General, para la notificación correspondiente; y a la División Tránsito y Transporte, a los fines previstos en el numeral anterior.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-