Resolución N° 59/01
Nro de Expediente:
1002-004114-00
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
8/1/2001


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se dispone que a partir del 15/1/01 se establece la obligatoriedad de acceso diario al correo electrónico para todos los Directores y Jefes, en las condiciones que se indican.-

Montevideo, 8 de Enero de 2001.-
 
          VISTO: la necesidad de racionalizar las comunicaciones internas en la Administración Municipal;
          RESULTANDO: 1o.) que la Dirección Desarrollo Organizacional e Informático informa que los Departamentos, Divisiones, Servicios y las siguientes Unidades cuentan con Correo Electrónico y sus funcionarios han sido correctamente capacitados para su uso: 100-Comisión Financiera de la Rambla Sur; 200-Auditoría; 5440-Servicio Jurídico-Asesoría; 5450-Sumarios; 6610-Actualización Normativa; 6620-Biblioteca Jurídica; 1006-Gestión Presupuestal Secretaría General; 2003-Recursos Financieros-Nodo Informático; 2005-Gestión Presupuestal Recursos Financieros; 2006-Auditoría de Recursos Financieros; 2505-Gestión Presupuestal Desarrollo Económico; 4313-Mercado Modelo-Comisión Administradora (CAMM); 2552-PYMES; 3160-Montevideo Rural; 7300-Gestión Comercial; 7233-Recaudación Auxiliar; 3003-Unidad de Coordinación; 3005-Gestión Presupuestal Descentralización; 3006-Unidad de Participación y Coordinación; 3007-Unidad de Gestión; 3021-Unidad Técnica Asesora; 3450-Unidad Técnica de Alumbrado Público; 3120-Comisión de la Juventud; 4306-Equipo Multidisciplinario Asesoramiento; 4373-Laboratorio de Bromatología; 3170-Guardería Infantil Municipal; 1060-Unidad Control de Obras en Vía Pública; 4015-Gestión Presupuestal Acondicionamiento Urbano; 4129-Unidad de Vigilancia -Obras por Administración; 4705-Control y Prevención de Accidentes; 4712-Planificación del Transporte Urbano; 4725- Unidad de Salud de Tránsito; 5005-Gestión Presupuestal Recursos Humanos y Materiales; 5040-Unidad Central de Control Vehicular; 5101-Recursos Humanos y Materiales-Nodo Informático; 5340-Documentación y Archivo; 5111-Empleo; 5112-Valoración de Puestos; 5113-Auditoría de Personal; 5140-Selección Análisis y Evaluación Formativa; 5121-Salarios y Retenciones; 5122-Cuentas Personales; 5123-Beneficios Funcionales; 5131-Seguridad Laboral; 5132-Certificaciones Médicas; 5133-Medicina Preventiva; 7260-Personal y Contralor de Servicios; 6005-Gestión Presupuestal Unidad Central de Planificación Municipal; 6006-Planificación Estratégica; 6401-Plan de Ordenamiento Territorial; 6402-Unidad de Expropiaciones; 6430-Normas Técnicas, Edilicias y Urbanísticas; 6440-Protección del Patrimonio Edilicio; 3161-Comisión Permanente Montevideo Rural; 6531-Asistencia Técnica Operativa; 6532-Tecnología Informática; 6533-Análisis Organizacional; 6534-Proyectos Informáticos; 4372-Laboratorio de Higiene Ambiental; 6305-Gestión Presupuestal Desarrollo Ambiental; 6370-Unidad Ejecutora de Saneamiento Urbano; 3510-Coordinadora de Barrido; 6380-Efluentes Industriales; 3110-Comisión Educación Física, Deportes y Recreación; 4610-Festejos y Espectáculos; 4640-Turismo; 4221-Museo Dámaso Antonio Larrañaga; 4222-Museo y Jardín Botánico, 4223-Planetario; 4224-Zoológico Villa Dolores; 4225-Parques Municipales Protegidos; 4620-Escuela de Jardinería;
          2o.) que todos los funcionarios que acceden a la red tienen la posibilidad de utilizar el correo electrónico para su comunicaciones internas;
          3o.) que desde el 1o. de enero de 1999 existe una base de resoluciones que contiene la totalidad de resoluciones adoptadas, consultable por todos los funcionarios que tienen acceso a la red;
          CONSIDERANDO: 1o.) que el uso del correo electrónico como herramienta de comunicación ha demostrado ser un elemento que colabora en la mejora de la gestión municipal;
          2o.) que resulta necesario dictar resolución estableciendo la obligatoriedad del acceso diario al correo electrónico para cada dependencia municipal;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. A partir del 15 de enero de 2001 se establece la obligatoriedad de acceso diario al correo electrónico para los Directores y Jefes.-
          2. Los Directores Generales de Departamento, de División, de Servicio y Presidentes de Comisiones, estarán habilitados a delegar sus roles en materia de manejo de correspondencia electrónica, siendo directamente responsables de los actos realizados por las personas en quienes deleguen su función.-
          3. A partir de la fecha de implantación del procedimiento, los responsables de las dependencias municipales deberán comunicar al sector Tecnología Informática, por nota escrita o por correo electrónico dirigido a ti@informatica.imm.gub.uy, las altas y bajas en la lista de funcionarios habilitados para recibir correspondencia que tenga como destino la dependencia. Con los datos recibidos el Sector Tecnología Informática mantendrá accesible a todos los usuarios un índice de dependencias destinado a facilitar la comunicación dirigida a las mismas.-
          4. A partir de la fecha indicada, se utilizará el correo electrónico como único medio para las comunicaciones simples de las resoluciones entre las diferentes dependencias de la Administración Municipal.-

          5. Comuníquese a todos los Departamentos, a la Unidad Central de Planificación Municipal, a la División Jurídica, a la Contaduría General, a la Dirección de Desarrollo Organizacional e Informático, a las Comisiones Gestión Social para Discapacitados, para el Adulto Mayor, de Juventud, de la Mujer, de Educación Física, Deportes y Recreación, de Montevideo Rural y Financiera de la Rambla Sur, al Instituto de Estudios Municipales y téngase presente.-
SR. ERNESTO DE LOS CAMPOS, Intendente Municipal (I).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-