Resolución N° 1528/01
Nro de Expediente:
2000-000117-00
 
JURIDICA
Fecha de Aprobación:
8/5/2001


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No hacer lugar al recurso de apelación en subsidio interpuesto por la Sra. Mónica Cabrera, contra la Resolución Nº 3389/99/2000 de fecha 24 de setiembre de 1999.-

Montevideo, 8 de Mayo de 2001.-
 
        VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio, interpuestos por la Sra. Mónica Cabrera, contra la Resolución Nº 3389/99/2000 de fecha 24 de setiembre de 1999, dictada por la Dirección General del Departamento de Recursos Financieros;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma se dispuso dejar sin efecto la Resolución No. 1990/96 de 13 de mayo de 1996 por la cual se adjudicó la vivienda municipal, ubicada en Rivera No. 3192 Apto. 101 del Barrio No. 8 (Villa Dolores), padrón No. 29.133, a la recurrente;
        2o.) que la compareciente interpone su recurrencia cuestionando el procedimiento instruido, exponiendo que se ha valorado erróneamente la prueba relevada y que el acto carece de desarrollo de los fundamentos de derecho, los motivos y la finalidad perseguida;
        CONSIDERANDO: 1º) que el informe de fs. 5 a 6, supera los defectos formales del accionamiento, que denomina erróneamente a los recursos "revocación", "jerárquico" y "nulidad"; establece que no se ha probado que la compareciente ocupara la finca al 30 de junio de 1995 y que aún si se hubiera probado, ello no hubiese resultado relevante ni vinculante para la Administración, a la luz de lo dispuesto por el Art. 107 del Decreto Departamental Nº 26.949 del 14 de diciembre de 1995, agregando por último que la recurrente adquirió la calidad de ocupante precaria de la vivienda a partir del fallecimiento de la arrendataria, Sra. Josefina Tarallo Cavallero, ocurrido el 20 de diciembre de 1996;
        2º) que por su parte, el informe de fs. 9 a 10, en cuanto al fondo de la cuestión planteada, comparte el precedentemente citado, consignando además que carece de fundamento jurídico la recurrencia que la accionante denomina "recurso de nulidad" , por todo lo cual se pronuncia por el rechazo de la apelación interpuesta;
        3º) que la División Jurídica estima que debe dictarse resolución, de acuerdo a lo expresado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar al recurso de apelación en subsidio interpuesto por la Sra. Mónica Cabrera, contra la Resolución Nº 3389/99/2000 de fecha 24 de setiembre de 1999, dictada por la Dirección General del Departamento de Recursos Financieros.-
        2º.- Pase, por su orden, al Servicio Central de Inspección General, para la notificación a la interesada y al Departamento de Recursos Financieros, para su archivo.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-