Resolución N° 216/13/5400
Nro de Expediente:
5420-001331-12
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
30/10/2013


Tema:
ACCIONES JUDICIALES

Resumen:
Encomendar al Servicio de Actividades Contenciosas, a promover las acciones judiciales tendientes a intimar a la adjudicataria de la vivienda padrón No. 29.133, ubicada en Av. Rivera No. 3192, Apto. 100, Barrio No. 8 Villa Dolores, el pago de las cuotas de adquisición impagas, equivalentes a 70 cuotas de 7,01 U.R. cada una, bajo apercibimiento de rescisión de adjudicación.-

Montevideo, 30 de Octubre de 2013.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el inmueble propiedad de esta Intendencia, ubicado en Av. Rivera No. 3192, padrón No. 29.133, Apto. 100, Barrio No. 8 Villa Dolores, adjudicado a la Sra. Juana Arnaiz por Resolución No. 1869/96, de 7/5/96, al amparo del Decreto No. 26.949;
          RESULTANDO: 1o.) que el Equipo Técnico Contencioso General informa que el precio de la vivienda se fijó en 1261 U.R. a abonarse en 180 cuotas de 7,01 U.R. cada una;
          2o.) que se adeudan 70 cuotas al mes de octubre de 2013;
          3o.) que en tal sentido se solicita el dictado de resolución a fin de iniciar las acciones judiciales tendientes a intimar a la Sra. Juana Arnaiz el pago de las cuotas de adquisición impagas;
          CONSIDERANDO: 1o.) que el 24/10/13 la Directora del Servicio de Actividades Contenciosas entiende pertinente el dictado de resolución que habilite a dicho Servicio a promover las acciones judiciales solicitadas;
          2o.) las facultades delegadas por Resoluciones Nos. 1610/11, de 7/4/11 y 157/11/1000, de
          11/4/11;
          EL DIRECTOR DE LA DIVISIÓN ASESORÍA JURÍDICA
          RESUELVE:
          1.- Encomendar al Servicio de Actividades Contenciosas, a promover las acciones judiciales tendientes a intimar a la adjudicataria de la vivienda padrón No. 29.133, ubicada en Av. Rivera No. 3192, Apto. 100, Barrio No. 8 Villa Dolores, el pago de las cuotas de adquisición impagas, equivalentes a 70 cuotas de 7,01 U.R. cada una, bajo apercibimiento de rescisión de adjudicación.-
          2. Comuníquese al Servicio de Escribanía y pase al Servicio de Actividades Contenciosas a sus efectos.-

DR. ESC. ERNESTO BELTRAME, Director de la División Asesoría Jurídica.-