Resolución N° 5084/02
Nro de Expediente:
4701-034130-02
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
27/12/2002


Tema:
VARIOS

Resumen:
Complemento de la Resolución Nº 4469/02 venta de boletos Ley Nº 17.555.-

Montevideo, 27 de Diciembre de 2002.-
 
        VISTO: la Resolución Nº 4469/02 del 22/XI/02, por la que se reglamenta la venta de boletos en las condiciones establecidas por la Ley Nº 17.555 del 18/XI/02;
        RESULTANDO: 1º) que resulta necesario hacer más explícito el mecanismo de expedición de los boletos destinados a tal finalidad, preservando la capacidad de gestión de las empresas de transporte, además de la entrega de una constancia documental de la transacción en cada caso;
        2º) que las Empresas de transporte no lograron identificar, hasta el momento, un mecanismo conjunto de comercialización y distribución de estos boletos;
        CONSIDERANDO: 1º) que es oportuno reafirmar la orientación ya expresada en otras oportunidades de mantener y preservar en manos de las propias empresa concesionarias la totalidad de la gestión de la recaudación por venta de medios de viaje;
        2º) que el Departamento de Acondicionamiento Urbano provee de conformidad,
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Complementar la Resolución Nº 4469/02 del 22/XI/02, estableciendo que la gestión, venta, distribución y cobro de los boletos al amparo de las condiciones establecidas en la Ley Nº 17.555, deberá ser hecha en forma exclusiva por las empresas concesionarias, en forma individual o conjunta y serán válidos para viajar en cualquier línea del sistema de transporte urbano de pasajeros, independientemente de quién los haya vendido.-
        2º.- Todo medio de viaje válido por sí o canjeable, referido a dicha Ley que haya sido vendido por agentes ajenos a las empresas de transporte público de Montevideo, no será válido y comportará, para las empresas que admita tales medios de viaje sobre sus ómnibus, una sanción que la División Tránsito y Transporte reglamentará oportunamente.-
        3º.- Comuníquese a la Secretaría General para su transcripción a la Junta Departamental de Montevideo, al Servicio de Prensa y Comunicación y pase a la División Tránsito y Transporte para su comunicación a las empresas de transporte y demás efectos.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-