Resolución N° 4384/00
Nro de Expediente:
3110-001384-00
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
27/11/2000


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar las cláusulas de convenio de co- producción a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Institución denominada "La Guía Joven", relacionado con la práctica de skate y roller patin, el cual incluye competencias abiertas y exhibiciones profesionales, a desarrollarse en la Pista de Skate ubicada en el Puerto del Buceo.

Montevideo, 27 de Noviembre de 2000.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el convenio de co- producción a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Institución denominada "La Guía Joven";
      RESULTANDO: 1o.) que es y ha sido política cultural de esta Administración, impulsar las diversas manifestaciones culturales y deportivas de calidad, tanto en su práctica como en su goce, en el entendido que las mismas enriquecen la participación, promueven la sociabilidad y brindan diversión y disfrute a los ciudadanos;
      2o.) que entre estas referidas manifestaciones, reciben la propuesta de la precitada Institución para organizar un calendario de eventos relacionados con la práctica de skate y roller patin, el cual incluye tanto competencias abiertas como exhibiciones profesionales, a desarrollarse en la Pista de Skate ubicada en el Puerto del Buceo;
      3o.) que por lo expuesto se sugiere se apruebe el proyecto de convenio de co- producción que luce agregado a fs. 2 de estas actuaciones;
      CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende que procede aprobar las cláusulas del convenio de co- producción de referencia;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:

      1.- Aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Institución denominada "La Guía Joven", en los siguientes términos: CONVENIO DE CO- PRODUCCION: En Montevideo, a los días del mes de del dos mil, comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante denominada IMM, representada por , en su calidad de , con domicilio en la Avda. 18 de Julio No. 1360 y POR OTRA PARTE: la Institución denominada "La Guía Joven", representada por el Sr. Bilgail Epstein, C.I. No. 3.144.186-1, con domicilio en la calle Vázquez Ledesma No. 2959, quienes acuerdan lo siguiente: ANTECEDENTES: Es y ha sido política cultural de la IMM, impulsar las diversas manifestaciones culturales y deportivas de calidad, tanto en su práctica como en su goce, en el entendido que las mismas enriquecen la participación, promueven la sociabilidad y brindan diversión y disfrute a los ciudadanos. Entre estas manifestaciones, recibimos la propuesta de la Institución "La Guía Joven" para organizar un calendario de eventos relacionados con la práctica de skate y roller patin, el cual incluye tanto competencias abiertas como exhibiciones profesionales, a desarrollarse en la Pista de Skate ubicada en el Puerto del Buceo. De esta forma, se acuerda conjuntar los esfuerzos para utilizar la infraestructura existente, ofreciendo a los usuarios tanto la posibilidad de la práctica libre como la participación en espectáculos. CLAUSULA PRIMERA: La Institución "La Guía Joven" se compromete a:
      1) La limpieza, mantenimiento y vigilancia de la plazoleta de la pista de skate y su zona inmediata, de lunes a viernes de 10:00 a 18:00 Hrs. y sábados y domingos de 10:00 a 20:00 Hrs., durante el período de desarrollo del calendario de actividades.
      2) Mantener en condiciones banderas y cartelería alusivas a los eventos planificados, las que deberán ser previamente controladas por la División Espacios Públicos y Edificaciones, previo a su instalación.
      3) Hacerse cargo de todos los costos de las actividades a desarrollarse en la pista, cuyo calendario se realizará en coordinación con la Comisión de Educación Física, Deportes y Recreación. CLAUSULA SEGUNDA: La IMM se responsabilizará de las habilitaciones necesarias para el cumplimiento de las actividades previstas en el calendario. CLAUSULA TERCERA: La IMM no concederá ningún tipo de remuneración o concesión por el aporte acordado. CLAUSULA CUARTA: La vigencia del presente convenio acuerdo de co-producción comenzará a partir de su firma y se extenderá por un año. CLAUSULA QUINTA: El control del cumplimiento de las obligaciones asumidas por la Institución "La Guía Joven", será realizado por la Comisión de Educación Física, Deportes y Recreación. En caso de incumplimiento, la IMM podrá rescindir unilateralmente el presente acuerdo. CLAUSULA SEXTA: La IMM deslinda toda responsabilidad frente a cualquier hecho, acto u omisión de la empresa co-productora en este caso la Institución "La Guía Joven", relativo a la ejecución de las obligaciones contraídas por ésta.
      De conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
      2.- Delegar la firma del presente convenio de co- producción en el Director General del Departamento de Cultura.-
      3.- Comuníquese a la Secretaría General, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, a la Comisión de Educación Física, Deportes y Recreación, al Servicio de Prensa y Comunicación, a la Unidad de Convenios y pase al Departamento de Cultura para la suscripción del convenio de referencia.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-