Resolución N° 741/10
Nro de Expediente:
5010-005008-09
 
ASESORIA JURIDICA
Fecha de Aprobación:
26/2/2010


Tema:
PETICIONES

Resumen:
Se hace lugar a la petición deducida por el funcionario Sr. Alvaro Méndez Bonomi, dejando sin efecto la sanción dispuesta en el numeral 2o. de la Resolución No. 3128/09, de 3 de agosto de 2009, confirmando la conclusión del sumario administrativo dispuesto por Resolución No. 888/08, de 28/2/08 y su modificativa No. 217/08/5000, de 29/2/08, sin responsabilidad administrativa del citado funcionario.-

Montevideo, 26 de Febrero de 2010.-
 
          VISTO: el recurso de reposición interpuesto por el Coordinador General de la Orquesta Filarmónica de Montevideo, Sr. Alvaro Roberto Méndez Bonomi, C.I. No. 1.333.375, contra la Resolución No. 3128/09, de 3 de agosto de 2009;
          RESULTANDO: 1o.) que por la misma se dio por concluido el sumario administrativo dispuesto por Resolución No. 888/08, de 28/2/08 y su modificativa No. 217/08/5000, de 29/2/08, sancionando al recurrente con veinte días de suspensión sin goce de sueldo, al haber verificado la falta prevista en los Arts. R.418.8 y R.423.3, literal "s", del Volumen III del Digesto Municipal (divulgación de clave de sistema informático);
          2o.) que el recurrente se agravia de la resolución impugnada expresando que no divulgó la contraseña, por cuanto desconocía tener acceso a la misma;
          CONSIDERANDO: 1o.) que a fs. 15, la Unidad Asesoría Jurídica informa que desde el punto de vista formal, el recurso fue interpuesto en forma, pero fuera de plazo, en virtud de lo cual se lo considerará como una petición hecha al amparo del Art. 318 de la Constitución de la República;
          2o.) que de fs. 18 a 19, el Director de la Asesoría Jurídica expresa que de la conducta del sancionado no surge perjuicio económico para la Administración y que la suspensión dispuesta no es idónea a la finalidad de corrección y reencauzamiento de los presentes procedimientos, lo cual es reafirmado por el desconocimiento del recurrente de que tenía una clave de sistema informático y asimismo por la constatación, reconocida infolios, de que el uso de contraseñas por funcionarios diferentes al que se le ha asignado el "rol", es una práctica habitual en esta Administración, estimando que la norma invocada es claramente anacrónica y desajustada a la realidad;
          3o.) que en tal sentido, el precitado Director manifiesta que también debe considerarse la ausencia de dolo en el comportamiento del agente, claramente acreditada en estos obrados, por cuanto fue él quien promovió la denuncia por irregularidades y, como quedó demostrado, desconocía -por un hecho no imputable a él- el mecanismo de rendición, en virtud de lo cual sugiere revocar la sanción dispuesta por Resolución 3128/09 al Sr. Alvaro Méndez, confirmando la clausura del sumario tramitado, sin responsabilidad administrativa del citado funcionario;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1.- Hacer lugar a la petición deducida por el Coordinador General de la Orquesta Filarmónica de Montevideo, Sr. Alvaro Roberto Méndez Bonomi, C.I. No. 1.333.375, dejando sin efecto la sanción dispuesta en el numeral 2o. de la Resolución No. 3128/09, de 3 de agosto de 2009, confirmando la conclusión del sumario administrativo dispuesto por Resolución No. 888/08, de 28/2/08 y su modificativa No. 217/08/5000, de 29/2/08, sin responsabilidad administrativa del citado funcionario.-
          2.- Pase al Departamento de Recursos Humanos y Materiales, para la notificación del interesado y demás efectos.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-