Resolución N° 48/06/4000
Nro de Expediente:
4149-000224-00
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
11/1/2006


Tema:
RATIFICACIONES

Resumen:
Ratificar Decreto Nº 31.575, adjudicar, tenencia del Solar N° 8, Manzana F del ex-Barrio en Condominio N° 4 (Antares), predio empadronado con el N° 413.615, calle 1 Nº 4126, Sres. Francisco Cappelletti Hernández, Elsa Haydée Tejeira, y Elizabeth Costa.-

Montevideo, 11 de Enero de 2006.-
 
        VISTO: la facultad otorgada a esta Intendencia Municipal por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 31.575 del 15/XII/05, promulgado por Resolución Nº 5.749/05 del 26/XII/05;
        RESULTANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que los motivos que originaron la Resolución Nº 4.591/05 del 11/X/05, mantienen su vigencia y oportunidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.218/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Adjudicar, al amparo del Decreto Nº 24.654, la tenencia del Solar N° 8, Manzana F del ex-Barrio en Condominio N° 4 (Antares), predio empadronado con el N° 413.615, sito con frente a la calle 1 Nº 4126, fraccionado en los lotes Nos. 001, 002 y 003 según plano que luce a fs. 68 del expediente Nº 4149-000224-00, a los Sres. Francisco Cappelletti Hernández, C.I. Nº 1:482.871-1; Elsa Haydée Tejeira, C.I. Nº 3:399.597-7 y Elizabeth Costa, C.I. Nº 3:456.803-6, respectivamente.-
        2º.- Establecer que los referidos titulares no podrán: a) compartir el inmueble Padrón Nº 413.615 con persona alguna, ya sea pariente por consanguinidad o afinidad, amigos, vecinos, etc. y b) ceder en todo o en parte dicho inmueble, ofrecerlo como garantía de deudas, ni traspasarlo a cualquier título a persona alguna.-
        3º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento de la
        autoridad local correspondiente y pase al Servicio de Tierras y Viviendas.-

SR. DANIEL ESPOSITO, Director General (I).-