Resolución N° 210/02
Nro de Expediente:
9590-007756-01
 
JURIDICO
Fecha de Aprobación:
14/1/2002


Tema:
RECURSOS

Resumen:
Se modifica la Resolución Nº 474/24/4311 de fecha 19 de junio de 2001, estableciendo que el sujeto pasivo de la multa impuesta por la Resolución Nº 474/24/4311 de fecha 19 de junio de 2001, dictada por la Dirección del Servicio de Regulación Alimentaria, en ejercicio de facultades delegadas, es la Sra. María Rosa Rodríguez Olivera, C.I. Nº 1.968.805-5, en lugar del Sr. Hugo Pena, C.I. Nº 1.740.289-1, como se expresó en el referido acto.-

Montevideo, 14 de Enero de 2002.-
 
        VISTO: el recurso de reposición, interpuesto por la Sra. María Rodríguez, contra la Resolución Nº 474/24/4311 de fecha 19 de junio de 2001, dictada por la Dirección del Servicio de Regulación Alimentaria, en ejercicio de facultades delegadas;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma se dispuso aplicar al Sr. Hugo Pena, C.I. Nº 1.740.289-1, una multa de U.R. 3 (tres Unidades Reajustables), por infringir las disposiciones del Art. D. 1091.2 del Decreto Nº 27.235 de fecha 12 de setiembre de 1996 (Ordenanza Bromatológica), dado que se constataron irregularidades en el comercio sito en Del Fuerte 5174, en el entendido que era de propiedad del sancionado;
        2o.) que la compareciente acredita que es titular del referido comercio y aduce que se trata de un modesto almacén, que atraviesa dificultades económicas y que está cumpliendo con las ordenanzas municipales;
        CONSIDERANDO: 1º) que el informe de fs. 9 establece que habida cuenta de la acreditación efectuada, correspondería rectificar la resolución dictada, indicando a la compareciente como sujeto pasivo de la sanción, ya que las razones fácticas y jurídicas que le dieron mérito se mantienen incólumes;
        2º) que el Departamento Jurídico estima que debe dictarse resolución, de acuerdo a lo expresado;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Modificar la Resolución Nº 474/24/4311 de fecha 19 de junio de 2001, estableciendo que el sujeto pasivo de la multa impuesta, es la Sra. María Rosa Rodríguez Olivera, C.I. Nº 1.968.805-5, en lugar del Sr. Hugo Pena, C.I. Nº 1.740.289-1, como se expresó en el referido acto.-
        2º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización; a la División Salud y Programas Sociales y pase, por su orden, al Servicio Central de Inspección General, para la notificación correspondiente y al Servicio de Regulación Alimentaria, a sus efectos.-
ERNESTO DE LOS CAMPOS, Intendente Municipal (i).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-