Resolución N° 2660/01/2000
Nro de Expediente:
2230-039113-01
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
16/11/2001


Tema:
EXONERACIONES - CONTRIBUCION INMOBILIARIA

Resumen:
Se declara exonerada a la Asociación Civil "Escuela Nacional de Declamación Concepción Antonelli de Requesens", del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 1.211, ubicado en la calle José Enrique Rodó No. 1712.

Montevideo, 16 de Noviembre de 2001.-
 
        VISTO: la gestión realizada por la Escuela Nacional de Declamación "Concepción Antonelli de Requesens", solicitando exoneración de pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 1.211, ubicado en la calle José Enrique Rodó No. 1712;
        RESULTANDO: que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que le corresponde al mencionado padrón una exoneración del 100%, según Res. 5990/96 de 17/12/96;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Asesor Profesional del Departamento de Recursos Financieros expresa que la referida Asociación tiene antecedentes exentivos por los ejercicios 1996 a 2000, según Resolución No. 4481/98 de 19/10/98, por lo que manteniéndose incambiada la situación de la titular respecto al inmueble que ameritó el otorgamiento de la exención, correspondería acceder a la exoneración solicitada al amparo del Art. 69o. de la Constitución de la República, por los ejercicios 2001 a 2005;
        2o.) que por Resolución No. 2472/00 de 17 de julio de 2000, el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de exonerar el pago del impuesto de Contribución Inmobiliaria;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Declarar exonerada a la Asociación Civil "Escuela Nacional de Declamación Concepción Antonelli de Requesens", del pago del cien por ciento (100%) del impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad padrón No. 1.211, ubicado en la calle José Enrique Rodó No. 1712, por lo que la Intendencia Municipal dejará de percibir la suma aproximada de $ 102.870,00, por el período 2001 al 2005 inclusive.-
        2o.- Dicha exención se concede al amparo de lo previsto en el Art. 69o. de la Constitución de la República, en concordancia con lo dispuesto por la Res. No. 7856/88 de 13/9/88 y su modificativa Res. No. 211/97 de 27/1/97.-
        3o.- Al vencimiento del lapso precedentemente referido, los interesados deberán gestionar nuevamente el otorgamiento de la precitada exoneración.-
        4o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios para su cumplimiento.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-