Resolución N° 72/16/1000
Nro de Expediente:
5220-050011-15
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
28/1/2016


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 54 a la Sra. Mabel Rodríguez, responsable del local destinado a Prostíbulo, ubicado en José L. Terra 1652.-

Montevideo, 28 de Enero de 2016.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 19/14/1000, de 14 de enero de 2014, se dispuso clausurar el local destinado a Prostíbulo, ubicado en José L. Terra 2652, responsabilidad de la Sra. Mabel Rodríguez, C.I. 1.259.165-3;
        RESULTANDO: 1o.) que el 4/12/15, el Servicio Central de Inspección General señala que por Resoluciones Nos. 108/14/1000, de 17/2/14 y 1594/14, de 5/5/15, fue sancionada por reiterada resistencias a la inspección; que a efectos de realizar los controles correspondientes, el 14/10/15 se constató la violacioón a lo anteriormente dispuesto, labrándose el Acta No. 12008;
        2o.) que visto el tiempo transcurrido y que no se han presentado descargos, el citado Servicio señala que corresponde aplicar una sanción de UR 54, al amparo del Art. 24 del Decreto No. 21.626, por tratarse de violación de clausura;
        3o.) que el 28 de diciembre de 2015 y el 21 de enero de 2016, la Sub Dirección del citado Servicio y la Prosecrataría General remiten las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución N° 3248/15 de 9/7/15, se delegó en el Secretario General la



        facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 54 (UNIDADES REAJUSTABLES CINCUENTA Y CUATRO) a la Sra. Mabel Rodríguez, C.I. 1.259.165-3, responsable del local destinado a Prostíbulo, ubicado en José L. Terra 1652, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio C, a los Servicios de Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal Nº 3 y pase al Servicio Central de Inspección General -para la notificación correspondiente- y demás efectos.-

CHRISTIAN DI CANDIA, Secretario General (I).-