Resolución N° 3318/05
Nro de Expediente:
7300-024619-02
 
DESARROLLO ECONOMICO E INTEGRACION REGIONAL
Fecha de Aprobación:
19/7/2005


Tema:
PERMISOS QUIOSCOS RODANTES

Resumen:
Revocar el permiso para funcionamiento del quiosco rodante ubicado en la calle Joaquín Requena esquina Br. Artigas y los días domingo en la Feria de Tristán Narvaja (calle Mercedes esquina Tristán Narvaja), otorgado a la Sra. AMALIA MOROY CABRAL, C.I. Nº 4.557.162-6.

Montevideo, 19 de Julio de 2005.-
 
        VISTO: estas actuaciones relacionadas con la autorización de funcionamiento de un quiosco rodante, ubicado en la calle Joaquín Requena esquina Br. Gral. Artigas y los días domingo en la Feria de Tristán Narvaja (calle Mercedes esquina Tristán Narvaja);

        RESULTANDO: 1o.) que por Resolución Nº 2313/00 de 4 de julio de 2000, se otorgó el permiso de explotación del referido quiosco rodante a la Sra. Amalia Moroy Cabral;
        2o.) que por Resolución Nº 118/03, de 13 de enero de 2003, se le exime del pago de derechos por seis días a la semana por el período enero-diciembre 2002 por no ser viable la ubicación en la calle Joaquín Requena y se le intima a proponer nueva ubicación;
        3o.) que el Servicio Central de Inspección General rechaza la nueva ubicación propuesta por la permisaria, por no ajustarse a la normativa vigente;
        4o.) que la Junta Local Nº 3 informa que la titular manifiesta no tener interés en los lugares sugeridos por la Administración;
        5o.) que paralelamente la Unidad Gestión Comercial señala que la Sra. Moroy mantiene adeudos con la Administración desde diciembre de 2003 a mayo de 2005, anualidad 2003-2004 y 30 cuotas de convenio impagas;
        6o.) que intimada a regularizar su situación, a la fecha se mantiene incambiada;
        CONSIDERANDO: 1o.) que analizadas las actuaciones por el Abogado Asesor de la mencionada Unidad, sugiere revocar el permiso, por incumplimiento en el pago de sus obligaciones, habiendo demostrado largamente la Administración la disposición para solucionar la situación planteada;
        2o.) que en mérito a lo expuesto, la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional eleva actuaciones solicitando disponer la caducidad del permiso otorgado por Resolución Nº 2313/00;
        ATENTO: a lo dispuesto en la reglamentación de Quioscos aprobada por Resolución Nº 2383/95 de 10 de julio de 1995 y su modificativa Nº 2721/96 de 17 de junio de 1996;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Revocar el permiso para funcionamiento del quiosco rodante ubicado en la calle Joaquín Requena esquina Br. Artigas y los días domingo en la Feria de Tristán Narvaja (calle Mercedes esquina Tristán Narvaja), otorgado a la Sra. AMALIA MOROY CABRAL, C.I. Nº 4.557.162-6, con domicilio en la calle Venus Nº 3538, por Resolución Nº 2313/00, de 4 de julio de 2000, disponiéndose la clausura inmediata del mismo.
        2.- Otorgar un plazo de 10 (diez) días a partir de la notificación, para que proceda al retiro del quiosco referido. En caso de incumplimiento la Intendencia Municipal procederá a retirar la instalación y disponer de ella como lo considere más conveniente, sin que se tenga derecho a reclamo o indemnización alguna, siendo de cargo de la interesada los gastos de traslado, depósito, conservación u otras causas.
        3.- Comuníquese al Departamento de Descentralización; al Servicio Central de Inspección General para su notificación y pase por su orden a la Unidad Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional para su inclusión en el Clering de Informes por las sumas adeudas y a la División Promoción Económica a sus efectos.
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-