Resolución N° 3737/99
Nro de Expediente:
54924
 
JURIDICA
Fecha de Aprobación:
4/10/1999


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar al interpuesto por la firma Ambrois & Cía. S.A. contra la denegatoria ficta recaída en la petición que formulara, en el sentido que se interpretara como beneficiario a quien emplaza la propaganda.

Montevideo, 4 de Octubre de 1999.-
 
        VISTO: los recursos de reposición y apelación en subsidio, interpuestos por la firma "AMBROIS & Cía. S.A.", contra la denegatoria ficta recaída a la petición que formulara;
        RESULTANDO: 1°) que por dicha petición, la empresa solicitó que la Administración interprete, a su modo de ver en forma correcta, que el "beneficiario" de la propaganda que se emplace en el medio, sea quien la ordenó colocarla y no el representante de la marca que se promociona;
        2°) que la Administración intimó a la reclamante a presentar el listado de su red de concesionarios, para que se hiciera cargo de los tributos que éstos no hubieran abonado por la propaganda relativa a una marca de la que es representante en el medio;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el informe de fs. 7, se remite al producido con fecha 28 de enero de 1999 (fs. 33 a 34) en el que se acude al Art. D. 2397 del Vol. X del Digesto Municipal para refutar la posición que asume la empresa recurrente, y en el mismo sentido se expresaba el informe de fecha 5 de febrero de 1999 (fs. 36 a 14 vta.);
        2o.) que por su parte el informe de fs. 13 a 14 vta. precisa además, que la reclamante representa a la marca "Mercedes Benz" y por ende es la beneficiaria de la propaganda que sobre ésta se haga, sin perjuicio que pudiera corresponder responsabilidad subsidiaria al instalador de la misma;
        3o.) que por lo expuesto, la División Jurídica entiende que corresponde propiciar el dictado de resolución manteniendo el acto administrativo recurrido;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- No hacer lugar a la impugnación interpuesta por la firma "AMBROIS & Cía. S.A.".-
        2º.- Pase, por su orden, a los Servicios Central de Inspección General, para la notificación correspondiente e Ingresos Comerciales, a sus efectos.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-