Resolución N° 800/15
Nro de Expediente:
4149-000274-12
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
23/2/2015


Tema:
CONDOMINIOS

Resumen:
Proyecto de Decreto a la Junta Departamental de Montevideo para enajenar el Solar N° 3, Manzana A del ex-Barrio en Condominio N° 2, en favor de la Sra. Nelly Esther Izquierdo Olivera.

Montevideo, 23 de Febrero de 2015.-
 
        VISTO: que la Sra. Nelly Esther Izquierdo Olivera, C.I. 1.152.689-9, solicita se le adjudique el Solar N° 3 (antes Nº 35) Manzana A del ex-Barrio en Condominio N° 2, predio empadronado con el N° 412.147, sito con frente a la Avda. De las Instrucciones Nos. 2676/78;
        RESULTANDO: 1°) que el Servicio de Tierras y Viviendas informa: a) la gestionante ha acreditado ocupación del predio con una antigüedad mayor a 5 años, conforme a lo que establece el Decreto Nº 31.667 del 30/III/06, promulgado por Resolución Nº 1.333/06 del 25/IV/06; b) el Servicio de Catastro y Avalúo estableció para el predio un valor de 180 U.R.; c) se dio cumplimiento a lo dispuesto por Resolución Nº 961/05 del 28/II/05 en cuanto abonar la suma de 2 U.R.; d) el solar se encuentra en condiciones reglamentarias en virtud de que la evacuación de las aguas servidas se resuelve dentro de su propia área sin causar perjuicios a terceros y e) por lo expuesto propicia su adjudicación autorizando a prometer en venta en cuotas iguales, mensuales y consecutivas de 1 U.R. hasta saldar el valor de tasación, según declaración de la gestionante que luce a fs. 51 vta. de estas actuaciones;
        2°) que la División Tierras y Hábitat presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica Nº 9.515 de 28/X/35, Art. 37, numeral 2º, entiende que corresponde solicitar anuencia al Deliberativo Departamental;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el

        siguiente:

        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1º.- Facúltase a la Intendencia de Montevideo para enajenar el Solar N° 3, Manzana A del ex-Barrio en Condominio N° 2, predio empadronado con el N° 412.147, sito con frente a la Avda. De las Instrucciones Nos. 2676/78, en favor de la Sra. Nelly Esther Izquierdo Olivera, C.I. 1.152.689-9, una vez integrada la totalidad del precio, conforme al Decreto Nº 31.667 del 30/III/06.-
        Artículo 2º.- Establécese como precio de enajenación la suma de 180 U.R. (ciento ochenta unidades reajustables) que se pagará en cuotas iguales, mensuales y consecutivas de 1 U.R. (una unidad reajustable).-
        Artículo 3°.- Comuníquese.-
        2º.- Comuníquese al Municipio D y pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-