Resolución N° 292/02
Nro de Expediente:
4201-000070-02
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
21/1/2002


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar las cláusulas de convenio a suscribirse entre la IMM y la Asociación de Amigos del Ballet, a través del cual se colaborará con la organización de los espectáculos a realizarse en el lago del Parque Rodó, aportando el equipamiento lumínico necesario para los mismos.

Montevideo, 21 de Enero de 2002.-
 
      VISTO: estos obrados relacionados con el convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Asociación de Amigos del Ballet;
      RESULTANDO: 1o.) que el citado convenio tiene como objeto colaborar con la organización de los espectáculos que se realizarán en el lago del Parque Rodó, aportando el equipamiento lumínico necesario para los mismos;
      2o.) que por lo expuesto se sugiere se apruebe el proyecto de convenio que luce agregado de fs. 1 a fs. 2 de estas actuaciones;
      3o.) que el gasto se encuentra previsto por Solicitud No. 52.531;
      CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende que procede aprobar las cláusulas del convenio de referencia;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:

      1.- Aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Asociación de Amigos del Ballet, en los siguientes términos: CONVENIO: En Montevideo, a los días del mes de del dos mil dos, comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante denominada IMM, representada por , en su calidad de , con domicilio en la Avda. 18 de Julio No. 1360 y POR OTRA PARTE: la Asociación de Amigos del Ballet, en adelante denominada la Asociación, representada por la Esc. Patricia Buela de Solari, C.I. No. 1.124.496-0, en su calidad de Secretaria, con domicilio en la calle Colonia No. 1342, Piso 7o., quienes acuerdan lo siguiente: ANTECEDENTES: Con motivo de los espectáculos a desarrollarse en el lago del Parque Rodó, organizados por la Asociación, la IMM, a través del Departamento de Cultura ha resuelto prestar su colaboración a dicha organización, cubriendo los gastos de equipamiento lumínico necesario para los mismos, en la forma que se acuerda en este convenio. CLAUSULA PRIMERA: La IMM se compromete a transferir a la Asociación la suma de $ 73.000,00 (pesos uruguayos setenta y tres mil), pagaderos a la firma del convenio, con destino a los gastos de equipamiento lumínico necesario para los espectáculos a desarrollarse en el lago del Parque Rodó. A esos efectos se deja constancia que la Asociación es titular de la Caja de Ahorro No. 0128056 - Amigos del Ballet - del Banco República Agencia 196. CLAUSULA SEGUNDA: La Asociación asignará los fondos transferidos al destino que se menciona en la cláusula precedente, debiendo rendir cuentas ante el Departamento de Cultura dentro de los 30 (treinta) días de finalizado el último espectáculo. CLAUSULA TERCERA: Asimismo, como contrapartida, la Asociación se encargará de la organización del evento artístico de que se trata y su difusión. CLAUSULA CUARTA: El incumplimiento por parte de la Asociación de lo acordado, dará lugar a la rescisión unilateral del presente convenio por parte de la IMM, debiendo restituirse en ese caso el dinero transferido.
      De conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
      2.- Delegar la firma del presente convenio en el Director General del Departamento de Cultura.-
      3.- Establecer que el gasto se encuentra previsto por Solicitud No. 52.531 en la suma de $ 73.000,00 (pesos uruguayos setenta y tres mil) con cargo al Derivado 555000 "Transferencias a Instituciones Deportivas, Culturales y Recreativas".-
      4.- Disponer que el pago que se menciona en el Numeral precedente se deberá realizar en la Cuenta de Caja de Ahorro No. 0128056 del Banco República - Agencia 196, a nombre de Amigos del Ballet, según lo establecido en la Cláusula Primera del presente convenio.-
      5.- Comuníquese a la Secretaría General, a los Servicios de Prensa y Comunicación, y Escribanía, a las Unidades de Gestión Presupuestal del Departamento de Cultura y de Convenios, y pase - por su orden - a la Contaduría General y al citado Departamento para la suscripción del convenio de referencia.-
SR. ERNESTO DE LOS CAMPOS, Intendente Municipal (I).-
ING. QUIMICO PABLO BUONOMO, Secretario General (I).-