Resolución N° 172/14/5100
Nro de Expediente:
5130-006043-13
 
ADMINISTRACION DE PERSONAL
Fecha de Aprobación:
21/2/2014


Tema:
TAREAS ALIVIADAS

Resumen:
Se convalida la inclusión en el régimen de limitación de tareas del funcionario Sr. Rolando Caballero, por el término de 3 (tres) meses.-

Montevideo, 21 de Febrero de 2014.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el estado de salud del funcionario Sr. Rolando Caballero quien se desempeña en la Unidad Región Montevideo Este;
        RESULTANDO: 1º.) que con fecha 12 de diciembre de 2013 fue sometido a un Tribunal Médico que dictaminó la asignación de tareas distintas o propias de su cargo pero con limitaciones, a partir de la misma fecha y por el término de 3 (tres) meses;
        2º.) que la Unidad Región Montevideo Este informa que se le han asignado tareas acordes con las limitaciones aconsejadas por la Unidad de Certificaciones Médicas;
        3º.) que el Grupo de Trabajo en Reconversión y Reinserción Laboral sugiere incluir al titular en el régimen de limitación de tareas, de acuerdo a lo establecido en los Arts. R. 343 y ss. del Volumen III del Digesto, desempeñando tareas en el Escalafón Obrero, Subescalafón Auxiliar, Carrera 1102 - Auxiliar General y de Higiene Ambiental, Nivel II, Grado SIR 4;
        CONSIDERANDO: 1º.) que se estima procedente el dictado de resolución en tal sentido;
        2º.) las facultades
        oportunamente delegadas;
        LA DIRECCIÓN DE LA DIVISIÓN
        ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL
        RESUELVE:
        1º.-Convalidar la inclusión en el régimen de limitación de tareas del funcionario Sr. Rolando Caballero, C.I. N° 1.574.072, desempeñando tareas propias del Escalafón Obrero, Subescalafón Auxiliar, Carrera 1102 - Auxiliar General y de Higiene Ambiental, Nivel II, Grado SIR 4, a partir del 12 de diciembre de 2013 y por el término de 3 (tres) meses, de acuerdo a lo establecido en los Arts. R. 343 y ss. del Volumen III del Digesto.-
        2º.-Previo al vencimiento del plazo establecido el referido funcionario deberá ser sometido a nuevo examen médico por distinto Tribunal, que al respecto designará la Unidad de Certificaciones Médicas.-
        3º.-Comuníquese al Departamento de Desarrollo Ambiental, a la División Limpieza, al Servicio de Planeamiento y Desarrollo de Gestión Humana, a las Unidades Información de Personal, Certificaciones Médicas y Región Montevideo Este, que notificará al funcionario y pase por su orden, al Sector Despacho del Departamento y al Servicio de Administración de Gestión Humana, a sus efectos, debiendo volver las presentes actuaciones a la Unidad de Certificaciones Médicas, en forma inmediata.-

Lic. Gabriel ROBAINA, Director (I) de la División Administración de Personal.-