Resolución N° 249/00
Nro de Expediente:
1001-030125-99
 
JURIDICA
Fecha de Aprobación:
21/1/2000


Tema:
RECURSOS

Resumen:
No se hace lugar al recurso presentado por el Sr. Alejandro Rodríguez.-

Montevideo, 21 de Enero de 2000.-
 
        VISTO: el recurso de reposición interpuesto por el funcionario Sr. Alejandro Rodríguez, C.I. Nº 3.430.409-4, contra la Resolución Nº 2.893/99, del 4 de agosto de 1999;
        RESULTANDO: 1o.) que por la misma se implementó una regularización de las tareas así como de la estructura del Area Informática de esta Comuna;
        2o.) que la recurrida le causa agravio por entender que debió ser incluido en la carrera Analista Informático, y no dentro de la de Técnico Informático;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Jurídica informa que en el ámbito de esta reestructura se estableció en el artículo 11 los criterios para la incorporación, tomándose en cuenta a los efectos de la incorporación de la carrera de Analista Informático a los ganadores de los concursos que allí se establecen y entre los cuales no se halla la recurrente;
        2o.) que en virtud de dichos criterios, es que se realizó el travasamiento de los funcionarios a la Carrera, Nivel de Carrera, Grado Salarial y Dedicación Horaria que se establece en el artículo 12, realizándose este pasaje en el régimen de equiparación por lo cual el titular no ha perdido ganancia económica;
        3o.) que en lo que respecta a los puntos cinco y seis de su recurso, cabe destacar que si bien la persona que ingresa a la función pública mediante contrato no está sustraída totalmente del régimen estatutario general que rige salvo contrario y el reclamante solamente posee, dada su calidad de funcionario contratado, una mera expectativa no teniendo derecho constituido alguno a ascender por cambio de carrera;
        4o.) que por lo expuesto dicha División entiende que no corresponde hacer lugar al recurso interpuesto;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- No hacer lugar al recurso interpuesto por el funcionario Sr. Alejandro Rodríguez, C.I. Nº 3.430.409-4, contra la Resolución Nº 2.893/99, del 4 de agosto de 1999.-
        2o.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros; a las Unidades Auditoría de Personal, Empleos y Valoración de Puestos; a la Coordinación de Desarrollo Organizacional e Informático; y pase, por su orden, a los Servicios Central de Inspección General para la notificación correspondiente y Administración de Recursos Humanos, a sus efectos.-
SR. ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal (I).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General .-