Resolución N° 1110/99/2000
Nro de Expediente:
274441
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
16/4/1999


Tema:
VIVIENDAS

Resumen:
Se autoriza, como excepción, a los Sres. Zulma Elizabeth y Carlos Alberto Cottens Leal y Zulma Leal Romano, sucesores del señor José Pedro Cottens Costas, ceder los derechos de promitente comprador que poseen sobre la vivienda municipal padrón No. 409.625/302 D, Block No. 2, Unidad 302 D.

Montevideo, 16 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: lo dispuesto en el Decreto No. 28.473 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 11 de marzo de 1999, promulgado por Resolución No. 1111/99 del 5 de abril de 1999, por el cual de conformidad con la Resolución No. 485/99 de 8 de febrero de 1999, se faculta a este Ejecutivo para autorizar, como excepción, a los Sres. Zulma Elizabeth y Carlos Alberto Cottens Leal y Zulma Leal Romano, sucesores del señor José Pedro Cottens Costas, ceder los derechos de promitente comprador que poseen sobre la vivienda municipal padrón No. 409.625/302 D, Block No. 2, Unidad 302 D, ubicado en Br. José Batlle y Ordoñez No. 1533 del Barrio Buceo (33), estableciendo que la anuencia quedará condicionada a que los cedentes proporcionen los datos del cesionario en un plazo no mayor de tres (3) meses a partir del otorgamiento del instrumento que contenga la cesión;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 580/95 de fecha 20 de febrero de 1995, se delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de dictar las Resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo mediante Decretos que oportunamente se hubieren promulgado por el Ejecutivo Departamental;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
        FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Autorizar, como excepción, a los Sres. Zulma Elizabeth y Carlos Alberto Cottens Leal y Zulma Leal Romano, sucesores del señor José Pedro Cottens Costas, ceder los derechos de promitente comprador que poseen sobre la vivienda municipal padrón No. 409.625/302 D, Block No. 2, Unidad 302 D, ubicado en Br. José Batlle y Ordoñez No. 1533 del Barrio Buceo (33), estableciendo que la anuencia quedará condicionada a que los cedentes proporcionen los datos del cesionario en un plazo no mayor de tres (3) meses a partir del otorgamiento del instrumento que contenga la cesión.-
        2o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-