Resolución N° 1382/99
Nro de Expediente:
A 20314
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
20/4/1999


Tema:
ARRENDAMIENTOS DE SALAS

Resumen:
Conceder el uso sin cargo del Teatro de Verano "Ramón Collazo", a la "Exhibición Educacional de Libros Limitada", para el día 24/IV/99, con motivo de la realización del evento titulado "La Noche Internacional".

Montevideo, 20 de Abril de 1999.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la nota presentada por la "Exhibición Educacional de Libros Limitada", por la que solicitan el uso sin cargo del Teatro de Verano "Ramón Collazo", para el día 24/IV/99;
        RESULTANDO: 1o.) que motiva dicha solicitud, la realización del evento titulado "La Noche Internacional", en la que participará la tripulación internacional de más de 40 países del "MN Logos II", presentando su diversidad cultural, através de las artes escénicas, teniendo como propósito promover el entendimiento y la buena voluntad entre las naciones;
        2o.) que el Servicio de Turismo y Eventos sugiere se le conceda el arrendamiento sin cargo, señalando que se abonará, por concepto de garantía, la suma de UR50, la cual será devuelta, una vez culminado el espectáculo y corroborado que no hubo ningún daño en las instalaciones;
        3o.) que la División Turismo y Recreación, manifiestan su conformidad al respecto, sugiriendo se le conceda el uso sin cargo del Teatro;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende que procede proveer de conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:

        1.- Conceder el uso sin cargo del Teatro de Verano "Ramón Collazo" a la "Exhibición Educacional de Libros Limitada", para el día 24/IV/1999, con motivo de la realización del evento titulado "La Noche Internacional", en la que participará la tripulación internacional provenientes de más de 40 (cuarenta) países, del "MN Logos II", presentando su diversidad cultural, através de las artes escénicas, teniendo como propósito promover el entendimiento y la buena voluntad entre las naciones.-
        2.- Disponer que se deberá dar cumplimiento a los establecido en la reglamentación aprobada por Resolución N° 4.991/98 del 8/XII/98, que lucen agregados en estas actuaciones.-
        3.- Establecer que se abonará la suma de UR 50 (cincuenta Unidades Reajustables), por el espectáculo a realizarse, por concepto de garantía de fiel cumplimiento de las obligaciones, según lo establecido en la Resolución N° 4.991 del 8/XII/99, Arts. 2° y 4°.-
        4.- Comuníquese a la Secretaría General, a la División Turismo y Recreación, al Servicio de Relaciones Públicas y Comunicaciones y pase a la Unidad Festejos y Espectáculos para la notificación al solicitante.-
SR. ALBERTO ROSSELLI, Intendente Municipal (I.).-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-