Resolución N° 4333/10
Nro de Expediente:
6370-003921-10
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
20/9/2010


Tema:
REASENTAMIENTOS - TASACIONES

Resumen:
Se aprueba la tasación practicada por el Cuerpo de Tasadores en relación con la vivienda sita en la calle Charcas No. 2660, cuyo titular es el Sra. Carolina Morales Giovannini, C.I. 4.262.798-1, que asciende a la suma de U.I. 4.827,65. Se autoriza el pago, por la suma mencionada.

Montevideo, 20 de Setiembre de 2010.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones promovidas por la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento, Etapa IV, Contrato de Préstamo BID No. 1819/OC-UR;
        RESULTANDO: 1o.) que la citada Unidad, a través del informe suscrito por el Ing. Carlo Filipeli, Director de las Obras comprendidas en el Primer Paquete de Obras del Plan de Saneamiento IV, Barrio Casabó Norte y Rincón del Cerro, adjunta un relevamiento gráfico que ilustra sobre algunas de las viviendas que serán afectadas por los trabajos de saneamiento a ejecutar en la zona;
        2o.) que los presentes obrados refieren a la vivienda ubicada en la calle Charcas No. 2660, cuyo titular es la Sra. Carolina Morales Giovannini, inmueble que resultará afectado parcialmente por las obras a construir;
        3o.) que el Cuerpo de Tasadores, con fecha 29 de julio del corriente año, documenta la tasación practicada a la vivienda precedentemente citada, así como también la conformidad prestada por su titular, ascendiendo a U.I. 4.827,65 (cuatro mil ochocientos veintisiete con sesenta y cinco unidades indexadas);
        CONSIDERANDO: 1o.) que las obras de saneamiento incluidas en la zona de Casabó Norte ya se encuentran en ejecución, resultando imprescindible la disposición de los terrenos donde se emplazarán los servicios;
        2o.) que por Nota CSC/CUR-WSA-263/2010 (fs. 2), el Banco Interamericano de Desarrollo presta su aprobación a lo actuado, señalando que dentro del financiamiento se encuentra determinado un monto de dinero destinado al reasentamiento de familias;
        3o.) que todo lo actuado por la referida Unidad Ejecutora responde a los contenidos del Contrato de Préstamo antes individualizado como a las disposiciones municipales aplicables, además de contarse en la especie con la conformidad del BID y de los titulares involucrados;
        4o.) que la Unidad actuante gestiona la aprobación de la tasación que obra agregada a estas actuaciones y solicita se disponga el pago de la indemnización correspondiente a la titular Carolina Morales Giovannini (Cédula de Identidad No. 4:262.798-1);
        5o.) que la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental realizó la imputación SEFI No. 131088, por la suma de $ 10.108,13, equivalentes a U.I. 4.827,65, aplicándose la Unidad Indexada al valor de $ 2.0938;
        6o.) que el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental es de opinión favorable en que se apruebe la tasación practicada y se autorice el pago, a efectos de disponer del bien en forma inmediata;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Aprobar la tasación practicada por el Cuerpo de Tasadores, en relación con el inmueble sito en la calle Charcas No. 2660, cuya titular es la Sra. Carolina Morales Giovannini, Cédula de Identidad No. 4.262.798-1, que asciende a la suma de U.I. 4.827,65 (cuatro mil ochocientos veintisiete con sesenta y cinco), equivalentes a $ 10.108,13 (pesos uruguayos diez mil ciento ocho con trece centésimos), por concepto de obtenerse la libre disposición, por indemnización por ocupación parcial, afectado por el Plan de Saneamiento – Etapa IV – Contrato de Préstamo BID No. 1819/OC-UR.
        2o.-Autorizar el pago por la suma mencionada a favor de la Sra. Carolina Morales Giovannini, por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        3o.-Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y Planificación, a la División Planificación Territorial y pase por su orden a Contaduría General para el contralor del gasto y a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento a los efectos correspondientes.
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I.).-