Resolución N° 1624/01
Nro de Expediente:
4149-006520-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
14/5/2001


Tema:
CONDOMINIOS

Resumen:
Proyecto Decreto Junta Dptal. enajenar Solar Nº 1, Manzana D, Condominio Nº 19, Juan Rodríguez.-

Montevideo, 14 de Mayo de 2001.-
 
        VISTO: el interés puesto de manifiesto por el Sr. Juan Carlos Rodríguez, C.I. Nº 1:2476.481-7 para que se le enajene el Solar Nº 1, Manzana D del Barrio en Condominio Nº 19, predio empadronado con el Nº 413.162, sito con frente a Pasaje F Nº 5970;
        RESULTANDO: 1°) que el Servicio de Tierras y Viviendas informa que: a) el gestionante ha acreditado la ocupación del solar con anterioridad al 1º/I/93, por lo que se encuentra comprendido en los términos de los Decretos Nos. 25.041 del 8/VIII/91 y 26.450 del 11/VIII/94; b) el Servicio de Catastro y Avalúo estableció para el predio un valor de 161,4500 U.R.; c) se dio cumplimiento a lo dispuesto por Resolución Nº 4.861/88 y su modificativa Resolución Nº 8.079/98 en cuanto abonar la suma de 20 U.R.; d) el solar se encuentra en condiciones reglamentarias en virtud de que la evacuación de las aguas servidas se resuelve dentro de su propia área sin causar perjuicios a terceros y e) por lo expuesto propicia su adjudicación autorizando a prometer en venta en cuotas iguales, mensuales y consecutivas de 2 U.R. hasta saldar el valor de tasación, según declaración del gestionante que luce a fs. 49 de estas actuaciones;
        2°) que la División Espacios Públicos y Edificaciones presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde solicitar anuencia al




        Deliberativo Comunal;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1º.- Facúltase a la Intendencia Municipal de Montevideo para enajenar al Sr. Juan Carlos Rodríguez, C.I. Nº 1:247.481-7, el Solar N° 1, Manzana D del Barrio en Condominio N° 19, predio empadronado con el N° 413.162, sito con frente a Pasaje F Nº 5970.-
        Artículo 2º.- Establécese como precio de enajenación la suma de 161,4500 U.R. (ciento sesenta y una unidades reajustables con cuatro mil quinientas diezmilésimas) la que se pagará en cuotas iguales, mensuales y consecutivas de 2 U.R. (dos unidades reajustables).-
        Artículo 3°.- Comuníquese.-
        2º.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-