Resolución N° 76/16/1000
Nro de Expediente:
5227-000022-16
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
28/1/2016


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 16 a la empresa Sadiki SA, responsable del local denominado Niki, ubicado en Uruguay 874.-

Montevideo, 28 de Enero de 2016.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local denominado Niki, ubicado en Av. Uruguay 874, responsabilidad de la empresa Sadiki SA, RUT 21 7461670019;
        RESULTANDO: 1o.) que por Acta No. 42139 de 15/11/15, hora 2.45, el Servicio Central de Inspección General señala que se midieron en el domicilio del denunciante 48-52db;
        2o.) que el Sector Espectáculos Públicos y Afines, sugiere la aplicación de una multa de UR 16, por la infracción constatada, de acuerdo al Art. D.2808, numeral 7, literal B, (De los Espectáculos Públicos, Vol. XIII) y Art. 8, Ap. A, Inc. 32 del Decreto No. 21.626 (segunda reincidencia);
        3o.) que el 11 y el 18 de enero de 2016 la Dirección (I) del Servicio Central de Inspección General y la Prosecretaría General elevan las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución N° 3248/15 de 9/7/15, se delegó en el Secretario General la
        facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 16 (Unidades Reajustables dieciseis) a la empresa Sadiki SA, RUT 21 7461670019, responsable del local denominado Niki, ubicado en Av. Uruguay 874, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio B, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal Nº 1 y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y demás efectos.-

CHRISTIAN DI CANDIA, Secretario General (I).-